SOBRE EL ACUERDO DE RESIDENCIA MERCOSUR: ACLARACIONES Y NOVEDADES.
En vista de las constantes preguntas sobre las visas que permite solicitar el antedicho Acuerdo de residencia y ante las dudas que se han presentado sobre la aplicaci贸n o no del mencionado Acuerdo a los nacionales de determinados pa铆ses, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la Rep煤blica del Ecuador, en aplicaci贸n de lo dispuesto en el citado Acuerdo de residencia聽 聽y en el Acuerdo Ministerial Nro. 000031, del 2 de abril del 2014, que regula el procedimiento interno, ha determinado definitivamente lo siguiente:
1.- El Acuerdo se aplicar谩, de momento, a las personas que sean nacionales por nacimiento de los siguientes pa铆ses:
A) Rep煤blica Argentina.
B) Rep煤blica Federativa de Brasil.
C) Rep煤blica del Paraguay.
D) Rep煤blica Oriental del Uruguay.
E) Estado Plurinacional de Bolivia.
F) Rep煤blica de Chile.
G) Rep煤blica de Colombia.
H) Rep煤blica del Per煤.
2.- Asimismo, se aplicar谩 a los nacionales por naturalizaci贸n de cualquiera de los Estados antes mencionados, SIEMPRE Y CUANDO hayan transcurrido, al menos, CINCO A脩OS desde la fecha de adquisici贸n de la nacionalidad por naturalizaci贸n de alguno de esos pa铆ses.
NOTA.- Quienes fueron originariamente extranjeros por haber nacido en otro pa铆s, pero vieron reconocida la calidad de nacional por nacimiento de alguno de los pa铆ses antes mencionados (por ejemplo, por aplicaci贸n del ius sanguinis), no se consideran naturalizados sino nacionales por nacimiento.
3.- Asimismo, se aplicar谩 a los nacionales de TERCEROS ESTADOS que sean c贸nyuges, convivientes de hecho o parientes hasta dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad en la temporaria y segundo de afinidad (permanente).
4.- En cambio, NO SE APLICAR脕, a los nacionales de la Rep煤blica Bolivariana de Venezuela, en virtud de que, a pesar de ser Estado miembro pleno del MERCOSUR, el mencionado Estado no se ha adherido expresamente al referido Acuerdo de residencia y al no ser Ecuador miembro pleno del MERCOSUR, sino Asociado, no est谩 obligado a darle a los nacionales de Venezuela el mismo tratamiento que s铆 estar铆an obligados a darles los otros Estados que s铆 sin miembros plenos del MERCOSUR.
Por otra parte, se recalca que la Rep煤blica del Ecuador y la Rep煤blica Bolivariana de Venezuela, celebraron un Acuerdo sobre Estatuto Migratorio Permanente, que actualmente est谩 en pleno vigor y funciona con normalidad, a cuyas prescripciones pueden acogerse las personas nacionales de Venezuela que tengan inter茅s en establecerse en Ecuador, estando asimismo en libertad de solicitar cualquiera de los tipos de visa establecidos en la Ley de Extranjer铆a de Ecuador, si cumplen con los requisitos para ello.
5.- Las mencionadas visas tendr谩n el siguiente per铆odo de vigencia:
A) TEMPORARIA: DOS A脩OS.
B) PERMANENTE: POR TIEMPO INDEFINIDO.
6.- OBLIGACIONES PARA LOS TITULARES DE LAS VISAS:
A) Si se ha obtenido la visa en alg煤n Consulado: inscribirse en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el plazo de 30 d铆as siguientes a la entrada en Ecuador.
Cuando la visa se la obtiene en Ecuador, el propio Ministerio, al conceder la visa, efect煤a la antedicha inscripci贸n de pleno derecho.
B) Inscribirse en el Empadronamiento de Migraci贸n (temporaria y permanente).
C) Obtener c茅dula de identidad ecuatoriana como extranjero (permanente).
7.- VALORES FIJADOS EN EL ARANCEL DIPLOM脕TICO Y CONSULAR PARA LAS VISAS:
A) Visa de residencia temporaria: 230 d贸lares.
B) Visa de residencia permanente: 350 d贸lares.
C) Inscripci贸n en el Empadronamiento de Migraci贸n: 4 d贸lares.
D) Expedici贸n de c茅dula de identidad ecuatoriana como extranjero (para los titulares de visa de residencia permanente): 5 d贸lares (este valor, en realidad, lo tiene fijado la Direcci贸n General de Registro Civil, Identificaci贸n y Cedulaci贸n, que es el ente p煤blico competente en materia de expedici贸n de documentos de identidad).
8.- LUGARES DE PRESENTACI脫N DE LA SOLICITUD DE VISA TEMPORARIA MERCOSUR:
A) EN EL EXTRANJERO.- Puede presentarse en el Consulado DE CARRERA del Ecuador, acreditado en la demarcaci贸n consular donde resida el interesado.
B) EN EL ECUADOR.- Debe presentarse en la sede central del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (Quito) o en la Coordinaci贸n Zonal del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana聽 m谩s cercana al domicilio. Actualmente, aparte de la sede central de Quito, existen Coordinaciones Zonales en Guayaquil, Cuenca, Manta, Machala y Ambato.
NOTA IMPORTANTE .- Se ha introducido el sistema de CITA, que ha de solicitarse antes de comparecer a las dependencias del Ministerio, pues en adelante, 煤nicamente se atender谩 a quienes tengan cita confirmada. La cita puede solicitarse de dos maneras:
- Telef贸nicamente, llamando al n煤mero gratuito 1-800-226245. Se debe escoger la opci贸n 0.
- Por Internet, a trav茅s de y elegir la opci贸n CONT脕CTENOS y luego LLAMADA WEB.
Se debe indicar los nombres completos. Las citas se pueden solicitar durante todos los d铆as y horas del a帽o (no solo en d铆as y聽 horas laborables) .
Asimismo, se ruega encarecidamente a las personas que comparezcan puntualmente y con el expediente completo, debidamente armado en carpeta manila con su respectiva vincha y con el dinero completo para pagar el valor fijado en el Arancel Diplom谩tico y Consular. Aunque esto sea obvio, conviene tenerlo presente.
9.- MOMENTO OPORTUNO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE VISA TEMPORARIA MERCOSUR:
A) EN EL EXTRANJERO.- En cualquier momento antes de desplazarse al Ecuador. Con todo, debe tenerse en cuenta que es conveniente solicitarla con una antelaci贸n de, al menos, un mes previo al viaje, para evitar estarse con apuros.
B) EN EL ECUADOR.- En cualquier momento, incluso hall谩ndose las personas a quienes les resulte de aplicaci贸n el Acuerdo en situaci贸n irregular dentro de Ecuador. Ahora bien, el hecho de que el Acuerdo de residencia permita que se pueda solicitar la visa en cualquier momento e incluso, se acepte que las personas se pudieran encontrar en situaci贸n irregular (que es un mecanismo de regularizaci贸n), no debe servir para fomentar que las personas dejen pasar los d铆as y se descuiden de la situaci贸n y reci茅n vayan a pedir la visa cuando ya hayan ca铆do en situaci贸n irregular.
NOTA IMPORTANTE.- Cuando ya se sea titular de una visa de residencia temporaria y corresponda solicitar una visa de residencia permanente, la solicitud debe formularse en el plazo de 90 D脥AS ANTERIORES聽 a la caducidad de la visa de residencia temporaria.
10.- REGLAS ESPECIALES EN LO CONCERNIENTE A LEGALIZACIONES DE DOCUMENTOS.- Con respecto a las legalizaciones de documentos, a los efectos de la solicitud de las visas MERCOSUR, se establece que ser谩 suficiente que los documentos est茅n legalizados de la siguiente manera (procedimiento especial ad-hoc de legalizaci贸n):
A) En el caso de que se solicite la visa en el Consulado de Ecuador acreditado en la demarcaci贸n consular de residencia del interesado: es suficiente con que los documentos hayan sido expedidos por las autoridades locales competentes, con las formalidades necesarias para que valgan internamente. Por ejemplo, en el Consulado del Ecuador en Buenos Aires, ser谩 suficiente que el certificado de antecedentes penales argentino lleve las firmas y sellos del 贸rgano competente para expedirlo, sin necesidad de que deba pasar por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina y serle colocada la Apostilla de La Haya.
B) En el caso de que se solicite la visa en Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana: ser谩 suficiente que el Consulado del respectivo pa铆s acreditado en el Ecuador, certifique la autenticidad de los documentos que van a ser utilizados en el procedimiento.
Todo lo anterior, sin perjuicio de que, si el interesado lo desea, pueda realizar las legalizaciones en la forma que ordinariamente corresponder铆a (Apostilla de La Haya o procedimiento ordinario, seg煤n sea el pa铆s de procedencia).
Para los documentos expedidos en lenguas distintas al castellano, s铆 ser谩 necesaria la traducci贸n al castellano en la forma prevista en la Ley de Modernizaci贸n del Estado, a menos que el Consulado del respectivo pa铆s acreditado en el Ecuador lo expida directamente en castellano aunque su lengua oficial sea otra (circunstancia que podr铆a suceder con Brasil, por ejemplo).
11.- DERECHOS QUE CONFIEREN LAS VISAS MERCOSUR:
A) Residir en Ecuador por el tiempo que se la concede (dos a帽os la temporaria) y por tiempo indefinido,cuando es permanente.
B) Trabajar en igualdad de condiciones que los ecuatorianos, con las restricciones generales que se establecen para extranjeros ocupen determinados puestos de trabajo reservados a ecuatorianos y la necesidad de solicitar autorizaci贸n de trabajo del Ministerio de Relaciones Laborales cuando se pretenda trabajar en el sector p煤blico.
C) Ejercer el derecho a la reuni贸n o reagrupaci贸n familiar, dentro de los l铆mites reconocidos por la normativa, de acuerdo con su tipo de visa.
E) Transferir al exterior las remesas producto del trabajo o de la actividad empresarial o profesional realizada en Ecuador, quedando sujetos a las mismas cargas impositivas establecidas para los ecuatorianos (impuesto a la salida de divisas).
En lo dem谩s, quedan sujetos a la normativa laboral, tributaria y de Seguridad Social vigente en Ecuador.
12.- ESPECIAL ACLARACI脫N SOBRE EL DERECHO A LA REUNI脫N O REAGRUPACI脫N FAMILIAR.- El Acuerdo establece, efectivamente, este derecho, que es el que permite tambi茅n la aplicaci贸n del Acuerdo a nacionales de terceros Estados que sean familiares de los beneficiarios titulares de la respectiva visa. Sin embargo, el Acuerdo no indica expresamente qui茅nes son esos familiares y por ello, para integrar esto, es necesario acudir a lo que prev茅 la normativa interna:
A) El Reglamento a la Ley de Extranjer铆a establece que, SALVO DISPOSICI脫N LEGAL EN CONTRA, cuando se refiera a familiares que puedan ser amparados, se ha de entender circunscrito a:
- C贸nyuge.
- Conviviente de hecho, conforme a la legislaci贸n ecuatoriana.
- Parientes hasta dentro del segundo grado de consanguinidad (l铆neas recta y colateral).
- Parientes hasta dentro del primer grado de afinidad.
B) En cambio, la Ley de Extranjer铆a,establece que para conceder visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, puede ser concedida a c贸nyuges, convivientes de hecho, parientes hasta dentro del segundo grado de consangunidad y de afinidad. Por tanto, hay una disposici贸n legal que establece un alcance del amparo familiar distinto al que fija el Reglamento, para un tipo de visa en concreto y por tanto, es el que debe regir para las visas de INMIGRANTE.
C) En virtud de lo antes indicado, se puede concluir que, en las visas de NO INMIGRANTE, el amparo llega hasta el primer grado de afinidad (hasta suegros e hijastros). En cambio, en las de INMIGRANTE, llega hasta el segundo grado de afinidad (hasta cu帽ados).
D) Siendo las visas de residencia temporaria de naturaleza an谩loga a las de NO INMIGRANTE,el amparo familiar se puede hacer hasta los grados indicados para ellas. En cambio, en las permanentes, al tener naturaleza an谩loga a las de INMIGRANTE (es permanente y聽 se les exige obtener c茅dula), el amparo se extiende hasta el grado indicado para ellas.
E) Con todo, conviene dejar en claro que en este tipo de visas, el amparo propiamente dicho se producir谩 respecto de c贸nyuges, convivientes de hecho o parientes que sean nacionales de terceros Estados, pues los nacionales de otros Estados signatarios, deber谩n pedir su visa de forma aut贸noma. Por ejemplo:
- Argentino casado con colombiana que se establecen en Ecuador: cada uno debe pedir una visa temporaria MECOSUR, de forma aut贸noma e independiente.
- Uruguayo casado con espa帽ola: en este caso, s铆, el uruguayo debe solicitar primeramente su visa temporaria y luego solicitar la visa temporaria para su c贸nyuge espa帽ola, para lo cual deber谩 acreditar el v铆nculo matrimonial de conformidad con su ley nacional (un certificado literal de matrimonio uruguayo, bien porque el matrimonio se celebr贸 en Uruguay o bien porque fue reconocido luego de haber sido celebrado en el exterior).
- Brasile帽a madre de peruano: igualmente, madre e hijo deber谩n pedir una visa de forma aut贸noma.
- Franc茅s hijo de peruano: en este caso, igualmente, primeramente el peruano deber谩 solicitar su visa de residencia temporaria y luego demostrar el v铆nculo de parentesco, para que pueda el hijo franc茅s solicitar la visa de residencia temporaria.
13.- FUNDAMENTOS PARA LA CONCESI脫N.- En las visas temporarias, basta con ostentar la nacionalidad de alguno de los Estados a los que les resulta aplicable, que se demostrar谩 con el pasaporte en vigor, con validez superior a los 6 meses. Y adem谩s, se deber谩 presentar un certificado de antecedentes penales del pa铆s de nacionalidad. Para amparar a los c贸nyuges, convivientes de hecho o parientes nacionales de terceros Estados, es preciso el documento p煤blico que acredite la existencia del v铆nculo conyugal o de parentesco.
En las visas permanentes, se exige tener medios de vida suficientes en Ecuador (que tras dos a帽os, se espera que las personas ya los tengan) y carecer de antecedentes penales en Ecuador.
Espero que sea de utilidad esta nota aclaratoria.
y por que no se aplica a ciudadanos de Peru y Colombia?聽 Dichos paises s铆 lo estan aplicando para ecuatorianos, y聽 seguramente, por reciprocidad, ahora lo quiten.
nolose escribi贸:y por que no se aplica a ciudadanos de Peru y Colombia? Dichos paises sí lo estan aplicando para ecuatorianos, y seguramente, por reciprocidad, ahora lo quiten.
Hola. Sí se aplica también a Colombia y Perú. Ya lo corregí, lamento no haber caído en cuenta de la omisión de esos dos países antes. Muchas gracias.
Un cordial saludo.
Buenas tardes, Sr. Marquez!. Primeramente le agradezco por toda la informaci贸n que suministra en el blog.
Le comento mi caso.Mi esposo y yo somos Venezolanos y pensamos emigrar a Ecuador en los meses venideros. Por esta raz贸n hemos estado investigando cuales puedes sen las Visas a tramitar seg煤n nuestro caso.
Nuestra primera opci贸n fue tramitar una Visa 9 V-profesionales; sin embargo en los requisitos para dicho tramite piden el Registro del T铆tulo Universitario en el senescyt, pero este 煤ltimo solo permite el registro de titulos emitidos por 5 universidades de Venezuela... por supuesto las m谩s reconocidas y ubicadas en las principales ciudades. Por lo antes comentado, vemos muy dificil el registro en el senescyt. Conoce usted alguna otra forma de registro de titulos universitarios que incluya mas universidades de Venezuela?
Nuestra opci贸n m谩s factible es legalizarlos a trav茅s de una Visa Temporal del Mercosur; Sin embargo estuve leyendo en el blog Venezuela no tiene definida su participaci贸n. Eso solo aplicaba para mayo del 2014 o a煤n persiste el problema? lo pregunto ya que me surge la duda considerando que la 煤ltima Cumbre del Mercosur fue celebrada en Venezuela a finales de Julio del presente a帽o.
Agradecer铆a much铆simo su apoyo y respuesta, para asegurarnos que es factible tramitar una Visa temporal en Ecuador para los venezolanos
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