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Autorizacion Laboral para Venezolanos

darshanand13

Buenas Tardes, actualmente estoy con la visa de residencia temporal 12 XI que saque por el convenio con Venezuela y queria saber si para trabajar bajo dependencia en una empresa puedo apegarme a esta cla煤sula del Ministerio de Trabajo en donde conceden APROBACI脫N LABORAL EN EL CASO DE CIUDADANOS HAITIANOS - VENEZOLANOS, los requisitos son m铆nimos y quer铆a saber si esta es la v铆a correcta para dicho tr谩mite.
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A la espera de su valiosa ayuda y comentarios al respecto.

Saludos,,

Barry Lakhram

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marquesdevelez

Hola:

S脥. Buena noticia para los nacionales de Venezuela que soliciten una visa de NO INMIGRANTE categor铆a 12-XI.

El inconveniente radicaba en la ausencia de disposici贸n reglamentaria que desarrollara el art. 12-XI de la Ley de Extranjer铆a. Pero ante la ausencia de reglamentaci贸n al respecto, mediante Acuerdo Ministerial del Ministerio de Relaciones Laborales se ha determinado que a los titulares de visa 12-XI, utilizada en su d铆a para regularizar a personas nacionales de Hait铆 que estaban residiendo en Ecuador en situaci贸n irregular聽 y luego empleada tambi茅n para regularizar venezolanos que estaban en situaci贸n irregular, se les conceder谩 una autorizaci贸n laboral espec铆fica SIEMPRE Y CUANDO presenten un contrato de trabajo v谩lidamente celebrado y conforme a las disposiciones normativas que resulten aplicables ( C贸digo de Trabajo y contratos colectivos si los hay), que deber谩 ser inscrito en la Inspector铆a de Trabajo ( Ministerio de Relaciones Laborales), en el plazo fijado por el C贸digo de Trabajo.

Con el contrato registrado, se procede a conceder la AUTORIZACI脫N LABORAL Y CARN脡 OCUPACIONAL al trabajador extranjero. Con todo, se advierte y es importante que quede clara una cosa: la autorizaci贸n laboral es para el contrato de trabajo que se ha presentado y con respecto a 茅se empleador en concreto,聽 no una autorizaci贸n laboral general. En el caso de que se termine el contrato por cualquiera de las causales previstas en el C贸digo de Trabajo, deber谩 realizarse igual procedimiento para volver a trabajar.

Adem谩s, el empleador debe dar cumplimiemto a las obligaciones que le impone la Ley de Seguridad Social y afiliar al trabajador y dar aviso de entrada en el plazo establecido (se advierte de que actualmente, desde la entrada en vigor del C贸digo Org谩nico Penal Integral, la no afiliaci贸n del trabajador en el plazo fijado por la Ley es constitutivo de delito y est谩 sancionado con pena privativa de libertad, lo que debe advertirse siempre a los empleadores).

Es decir, en el futuro, las personas venezolanas con visa 12-XI, primeramente, deben conseguir quien las contrate y que el contrato de trabajo se celebre necesariamente POR ESCRITO ( porque el C贸digo de Trabajo tambi茅n permite la celebraci贸n de contratos de trabajo en forma verbal). Luego, EL EMPLEADOR ser谩 quien deber谩 inscribir el contrato en la Inspector铆a de Trabajo y luego solicitar la AUTORIZACI脫N LABORAL - CARN脡 OCUPACIONAL para el trabajador extranjero. Una vez conferida la autorizaci贸n ( que se insiste, es AD-HOC para 茅se contrato), se debe sin dilaci贸n afiliar al trabajador al IESS.

Se advierte de la necesidad de RESPETAR LOS PLAZOS LEGALES (porque no hacerlo puede traer sanciones pecuniarias e incluso, aunque resulta desproporcionado, privativa de libertad para el empleador) y asimiso, de que los tr谩mites en referencia tienen establecidas unas tasas.

Con lo dicho, debo modificar el criterio sostenido en este foro, a partir de la sola lectura del texto legal vigente, de que con la visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12-XI no se pod铆a trabajar por cuenta ajena ( porque esa era la conclusi贸n a la que conduc铆a su sola lectura y la ausencia de desarollo reglamentario que lo especificara o aclarara, pues el texto legal s贸lo hace referencia a actividades profesionales, empresariales, negocios, inversi贸n, pero no dice聽 nada sobre trabajo por cuenta ajena) y en su lugar, a partir de lo dispuesto en Acuerdo Ministerial del Ministerio de Relaciones Laborales, sostener que para poder trabajar por cuenta ajena con visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12 XI, se requiere b谩sicamete dos requisitos : un contrato de trabajo celebrado por escrito e inscrito en la Inspector铆a de Trabajo y la obtenci贸n de una autorizaci贸n laboral-carn茅 ocupacional, advirtiendo de que tal autorizaci贸n s贸lo se concede para el contrato de trabajo en referencia y no de modo general.

Hay otra cuesti贸n a tener en cuenta: el contrato de trabajo NECESARIAMENTE deber谩 ser temporal, ya que debe ajustarse al tiempo de vigencia de la visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12-XI, que es de UN A脩O, prorrogable por otro a帽o.

Un cordial saludo.

yulydubraska

sr. Marques buenas noches primeramente agradecerle por su colaboraci贸n en la informaci贸n suministrada. Hace un tiempo para ac谩 un abogado me coment贸 que al llegar a ecuador se puede gestionar una visa de no inmigrante por un a帽o mientras reconoces tu t铆tulo y un "permiso de trabajo" el cual te permite buscar empleo en ese tiempo. He le铆do muchos foros e informaciones y nunca he visto alguna explicaci贸n sobre ese supuesto permiso. Mi pregunta es? Existe en verdad? O tiene otra denominaci贸n pero con la finalidad de poder conseguir un empleo sin problema. Muchas gracias

darshanand13

Estimado marquezdevelez gracias por la informaci贸n tan detallada, esto me deja mas tranquilo para hacer mis tr谩mites.

Saludos,

marquesdevelez

darshanand13 escribi贸:

Estimado marquezdevelez gracias por la información tan detallada, esto me deja mas tranquilo para hacer mis trámites.

Saludos,


Hola:

Sólo una cosa tenga en cuenta: advierta a sus potenciales empleadores de que no estarán cometiendo ninguna infracción por celebrar el contrato por escrito con usted (que es el temor que podrían llegar a tener, ya que nadie quiere meterse en líos, ni exponerse a sanciones), ya que precisamente se necesita del contrato para registrarlo en la Inspectoría de Trabajo y que luego pueda ser concedida la autorización laboral de la Dirección Nacional de Empleo y Reconversión Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales.

En su caso, con la visa 12-XI no tiene derecho a cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros, pero eso no constituye óbice para su contratación, ya que con la autorización laboral del Ministerio de Relaciones Laborales y su pasaporte en vigor con la visa, puede ser afiliado al IESS y darse el respectivo aviso de entrada.

Un cordial saludo.

mariatrinidadyramses

Saludos.. Amigo marques soy venezolana y geologo y pronto estare en ecuador, que visa me recomienda que solicite.

llegaria realizando trabajos en cualquier actividad hasta obtener empleo en mi profesion, pero quiero hacerlo con todo legal, le agradeceria que me explicara que visa debo solicitar primero y cual luego, estoy un poco confundida, gracias de antemano..