Buenas tardes,
Viajo a Ecuador a fin de realizar unas pr谩cticas laborales de 6 meses de duraci贸n por medio de una beca concedida en Espa帽a. El visado que se me proporciona es del tipo NO INMIGRANTE con una duraci贸n de 6 meses, sin embargo, debidio a la necesidad de realizar ciertos tr谩mites a mi llegada, mi estancia en Ecuador se extender谩 alrededor de 2 semanas m谩s de los 6 meses permitidos.
Mi duda es, una vez agotado el per铆odo de 6 meses establecido por el visado que se me ha concedido, 驴podr铆a alargar mi estancia otros 3 meses(90 d铆as) en calidad de turista?. 驴Deber铆a para ello salir del pa铆s y volver a entrar?
Muchas gracias,
Saludos
Hola.
Si va con una visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12-IX, concedida por un Consulado de Ecuador, que es la visa que tiene una vigencia m谩xima de 180 d铆as y quiere quedarse m谩s tiempo, debe hacer lo siguiente:
1.- Cuando llegue a Ecuador, tendr谩 30 d铆as de plazo para solicitar su inscripci贸n en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, tr谩mite que es gratuito. La vigencia de la visa comienza a partir de la fecha de inscripci贸n en el Registro de Extranjeros (art. 47.V, del Reglamento a la Ley de Extranjer铆a), no de la fecha de entrada en Ecuador. Por ello, una soluci贸n podr铆a ser esperar dos semanas despu茅s de su llegada para inscribir la visa y de esa manera, comience a correr su plazo de vigencia m谩s tarde.
2.- No olvide, asimismo, que est谩 obligado a solicitar la inscripci贸n en el Empadronamiento de Migraci贸n (art. 4.VI, de la Ley de Migraci贸n), que genera una tasa de 4 d贸lares. Actualmente, tal competencia est谩 transferida al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Esto se hace despu茅s de haber inscrito la visa en el Registro de Extranjeros. Una vez que se inscriba, los datos le ser谩n cedidos a la Direcci贸n Nacional de Migraci贸n de la Polic铆a Nacional, a efectos de la realizaci贸n de controles.
NOTA IMPORTANTE.- Por ning煤n motivo deje de practicar las dos inscripciones antes mencionadas.
Si se quiere quedar m谩s tiempo del originalmente autorizado por la visa 12-IX (recuerde que los 180 d铆as corren desde la fecha de inscripci贸n en el Registro de Extranjeros), entonces deber谩 solicitar una nueva visa, de categor铆a diferente, porque la de visa de NO INMIGRANTE 12-IX no se puede renovar, pues solo se concede por 180 d铆as en cada per铆odo de 12 meses. Por eso, si usted quiere quedarse m谩s tiempo, pero sin motivo espec铆fico que justifique la concesi贸n de otro tipo de visa, sino solo porque lo requiere para sus asuntos particulares, la visa que le conviene solicitar, siempre ANTES de que caduque la visa 12-IX, es la visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12-X, que tiene una vigencia de 90 d铆as y tiene fijado un Arancel Diplom谩tico y Consular de 30 d贸lares, a los que se debe sumar otros 30 d贸lares en concepto de soliitud, es decir, en total, 60 d贸lares. Y debe acreditar que dispone de recursos econ贸micos para el per铆odo de validez de la visa (318 d贸lares por mes).
Un cordial saludo.