Buenas a todos, si alguien con conocimiento de mi posterior tema me pudiece guiar estaria eternamente agradecido, ya q no encuentro ninguna ayuda positiva, todo es tramite ilegal y pidiendo mucho dinero el cual no estoy en condiciones de pagar.
Vivo en ecuador hace ya 4a帽os y si soy nacionalizado aca, pero tengo una relacion de mas de 10 a帽os comprobados con mi mujer, ella vive aca hace ya 3a帽os y mas y la verdad no he hecho mucho ya q tengo temor q la deporten, apesar de q en cuba ya perdio sus derechos, quiciera saber o q alguien me guie q debo hacer para legalizarla porfavor, y q requisitos debe tener para aplicar a alguna visa q este al alcance de una persona con pocos recurzos, gracias anticipadas y un lindo dia.
Hola. Si usted era originariamente extranjero y adquiri贸 la nacionalidad ecuatoriana por naturalizaci贸n, est谩 casado con su c贸nyuge extranjera y el matrimonio fue celebrado en Ecuador o si se celebr贸 en el extranjero, fue reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador y ha durado m谩s de tres a帽os, su c贸nyuge puede solicitar, directamente, el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por naturalizaci贸n, aunque se encuentre en situaci贸n irregular en Ecuador.
De acuerdo con la Constituci贸n de Ecuador, las personas extranjeras que hubieran contra铆do matrimonio o formalizado uni贸n de hecho, con una persona de nacionalidad ecuatoriana (es indiferente si lo es por nacimiento o por naturalizaci贸n, el texto constitucional en este aspecto no hace distinci贸n alguna y donde la norma no distingue, no se debe distinguir), pueden ser ecuatorianas por naturalizaci贸n. Si se halla en la situaci贸n mencionada, debe solicitar directamente el reconocimiento de la nacionalidad.
Si tuviera formalizada uni贸n de hecho desde hace m谩s de tres a帽os, tambi茅n sirve a estos efectos, si bien en el caso de que se hubiera formalizado en el extranjero, conforme a las leyes vigentes en el pa铆s donde tuvo lugar, debe haberse levantado acta notarial ecuatoriana en la que, tom谩ndose como base la declaraci贸n de los convivientes, el documento p煤blico extranjero debidamente legalizado y la declaraci贸n de dos testigos, se declare que las personas han formalizado una uni贸n de hecho, conforme con el ordenamiento jur铆dico de Ecuador.
Si no se halla en ninguna de las situaciones anteriores, mientras la persona se encuentre en situaci贸n irregular, no es posible regularizaci贸n alguna de su situaci贸n, pues no cumple el requisito de procedibilidad establecido en el Reglamento a la Ley de Extranjer铆a para solicitar cualquier modificaci贸n de calidad o categor铆a migratoria hall谩ndose dentro de Ecuador: MIENTRAS DURE SU PERMANENCIA LEGAL. Se except煤a el caso de progenitores de menores de edad de nacionalidad ecuatoriana o de personas que, por una causa justificada y demostrable, que acredite irrefragablemente que le fue imposible solicitar la modificaci贸n oportunamente (por ejemplo, alguien que tuvo un accidente o cay贸 gravemente enfermo y debi贸 ser hospitalizado; mujeres que han dado a luz o personas que hubieran sido secuestradas o se hubieran extraviado en la selva, en las monta帽as, en el mar o en alguna isla, por poner ejemplos), pueda discrecionalmente autorizarse, de modo excepcional y en atenci贸n a esas circunstancias concretas, la admisi贸n a tr谩mite de la solicitud de visa, a pesar de haber transcurrido el plazo de permanencia legal.
Un cordial saludo.