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PARA PERSONAS DE NACIONALIDAD VENEZOLANA: ACLARACIONES.

marquesdevelez

En vista de que, desde hace varios meses, hay constantes consultas de personas de nacionalidad venezolana, relacionadas con el establecimiento en territorio de la Rep煤blica del Ecuador聽 y no obstante haberse ya hecho referencia al tema en otro enlace ( /forum/viewtopic.php?id=351479 ), se juzga oportuno crear esta entrada, con aclaraciones, en consideraci贸n especial a la dif铆cil situaci贸n que vive el mencionado pa铆s y en consideraci贸n a que, en otra 茅poca, Venezuela acogi贸 a muchos ecuatorianos:

I.- REGLA GENERAL DE ENTRADA EN TERRITORIO DE LA REP脷BLICA DEL ECUADOR.- Las personas de nacionalidad venezolana que quieran entrar en territorio de la Rep煤blica del Ecuador, pueden hacerlo provistas de ALGUNO de los siguientes documentos:

A) C茅dula de identidad.

B) Pasaporte en vigor, con una validez de, al menos, 6 meses.

Se recalca: lo anterior es para ENTRAR en territorio de Ecuador, esto es, para cruzar la frontera e internarse en territorio ecuatoriano, en calidad de TURISTAS (transe煤ntes).

II.- PERMANENCIA EN ECUADOR EN CALIDAD DE TURISTAS.- Toda persona de nacionalidad venezolana puede permanecer en Ecuador, en calidad de TURISTA hasta por 90 d铆as, que pueden prorrogarse hasta por otros 90 d铆as. En total, un m谩ximo de 180 d铆as por a帽o. Estas pr贸rrogas como turista, son competencia de la Direcci贸n Nacional de Migraci贸n de la Polic铆a Nacional, a trav茅s de sus Unidades Provinciales de Informaci贸n Migratoria.

III.- POSIBILIDAD DE MODIFICAR LA CALIDAD Y CATEGOR脥A MIGRATORIA EN ECUADOR.- Es posible para TODO EXTRANJERO que hubiera ingresado en Ecuador como turista, solicitar la modificaci贸n de su calidad y categor铆a migratoria DENTRO de Ecuador, por expresa disposici贸n de la Ley de Extranjer铆a y su Reglamento de desarrollo, actualmente vigentes, SIEMPRE Y CUANDO, se solicite OPORTUNAMENTE y ante el 贸rgano competente en materia de concesi贸n de visas, que es el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

IV.- NECESIDAD DE PASAPORTE PARA SOLICITAR CUALQUIER TIPO DE VISA.- Todo extranjero que pretenda solicitar una visa para permanecer en Ecuador en calidad distinta a la de turista, necesitar谩 preceptivamente tener un pasaporte v谩lido y en vigor, expedido por el pa铆s cuya nacionalidad ostente, que deber谩 tener una vigencia de, al menos, 6 meses.

La necesidad del pasaporte rige, aun cuando sea posible, en virtud de Convenios internacionales su admisi贸n en el pa铆s s贸lo con su documento de identidad.

Las visas se estampan en los pasaportes, de ah铆 su necesidad.

V.- TIPOS DE VISA A SOLICITAR.- En este punto, es donde puede haber mayores dudas, porque aqu铆 ya la situaci贸n no es la misma para todas las personas, sino que depender谩 de las circunstancias personales de cada quien.

Como orientaci贸n general, se dir谩 lo que ya tantas veces de ha indicado: la distinci贸n entre visas de NO INMIGRANTE y de INMIGRANTE:

A) Visas de INMIGRANTE.- Se caracterizan porque se conceden por TIEMPO INDEFINIDO; sus titulares adquieren domicilio pol铆tico en el Ecuador; est谩n obligados a obtener c茅dula de identidad ecuatoriana como extranjeros y pueden trabajar en cualquier actividad en el sector privado, por cuenta ajena o propia, excepto en actividades reservadas por Ley a personas de nacionalidad ecuatoriana y asimismo, en el sector p煤blico, donde siempre ser谩 necesaria una autorizaci贸n laboral del Ministerio de Relaciones Laborales.

Las personas titulares de visa de INMIGRANTE, pueden votar en las elecciones luego de 5 a帽os de residencia legal y continuada en Ecuador. Y asimismo, pueden participar en concursos de merecimientos y oposici贸n para ocupar cargos p煤blicos no reservados exclusivamente a personas de nacionalidad ecuatoriana, luego de 5 a帽os de residencia legal y continuada en Ecuador.

脷nicamente quienes sean titulares de visa de INMIGRANTE pueden solicitar Carta de Naturalizaci贸n como ecuatorianos, transcurridos tres a帽os desde la fecha de expedici贸n de la c茅dula de identidad ecuatoriana como extranjeros.

B) Visas de NO INMIGRANTE.- Se caracterizan porque se conceden de forma TEMPORAL, vinculado a la realizaci贸n de una actividad concreta que motiv贸 su concesi贸n y que es la 煤nica actividad para la que est谩 autorizada la persona, debiendo por tanto entenderse prohibidas otras actividades no autorizadas al concederse la visa.

En conclusi贸n, quien se quiera quedar en Ecuador por tiempo indefinido y vivir permanentemente en el pa铆s, debe solicitar una visa de INMIGRANTE, que ser谩 la que le permitir谩 tener un estatuto jur铆dico lo m谩s pr贸ximo posible a los nacionales del pa铆s.

Respecto de los tipos de visa, me remito a lo ya dicho en otras entradas:

/forum/viewtopic.php?id=252952


VI.- ACLARACIONES RESPECTO DE LAS VISAS CONCEDIDAS POR CONVENIO: CONVENIO CON VENEZUELA.-

Entre Ecuador y Venezuela existe un Convenio internacional sobre Estatuto Migratorio, en el que se prev茅 la posibilidad de que, en lo que respecta a los venezolanos en Ecuador, puedan solicitar dos tipos de visas muy concretos y definidos:

A) NO INMIGRANTE, categor铆a 12-XI.- Es un tipo de visa que no tiene un desarrollo reglamentario preciso y por eso, no se concede en circunstancias ordinarias, sino tan solo en virtud de Convenios internacionales. Se concede por un per铆odo de un a帽o.

Al carecer de desarrollo reglamentario, es necesario atenerse a lo que sobre ella establece la Ley de Extranjer铆a:

"Art. 12.- Consid茅rase no inmigrante a todo extranjero con domicilio en otro Estado que se interna legal y condicionalmente en el pa铆s, sin 谩nimo de radicarse y con los motivos que en cada categor铆a se determinan
a continuaci贸n:

(...)

XI.- Visitantes temporales con fines l铆citos tales como negocios, inversi贸n, actividades empresariales, comerciales,
industriales o profesionales, y que requieran m煤ltiples entradas al territorio ecuatoriano. "

La visa 12-XI, que se concede a los venezolanos al amparo del Convenio, tiene un coste total de 230 d贸lares, m谩s los 4 d贸lares de la inscripci贸n en el Empadronamiento de Migraci贸n. Tiene una vigencia m谩xima de un a帽o, renovable y permite realizar las actividades que establece el texto legal antes citado. Se puede hacer extensiva a los familiares, en los t茅rminos y l铆mites que establece el Reglamento a la Ley de Extranjer铆a.

Para solicitarla, se requiere acreditar la nacionalidad venezolana, carecer de antecedentes penales en el pa铆s de procedencia y acreditar medios de vida l铆citos (el Convenio, con todo, no especifica la manera de probarlo).

B) INMIGRANTE, categor铆a 9-VII.- Para solicitarla, es necesario haber sido previamente titular de una visa 12-XI, otorgada en el marco del Convenio. Asimismo, es una visa que no se concede en circunstancias ordinarias, porque carece de desarrollo reglamentario espec铆fico, pero que es utilizara por Convenios internacionales, para favorecer a los nacionales del pa铆s con el que se celebra el Convenio.

Para solicitarla se requiere, adem谩s, carecer de antecedentes penales en Ecuador y acreditar medios de vida l铆citos y suficientes para el interesado y sus familiares a cargo.

Con todo, conviene dejar en claro lo siguiente, para evitar confusiones:

- Los venezolanos no est谩n, imperativamente obligados, a acogerse al Convenio. Tiene car谩cter dispositivo, no imperativo.

- El propio Convenio deja a salvo el hecho de que, si la persona de nacionalidad venezolana est谩 en mejor situaci贸n jur铆dica, que le pueda permitir acogerse a otro tipo de visa de los previstos en la Ley de Extranjer铆a, puede acogerse a cualquiera de estas visas, sin que resulte obligatorio acogerse al Convenio.

- Los tipos de visa que se conceden por Convenio, est谩n sujetas a las mismas reglas generales que rigen a las visas, seg煤n sean de NO INMIGRANTE o de INMIGRANTE, especialmente, en lo relativo a la posibilidad de realizar actividades lucrativas y asimismo, en lo relativo al tiempo m谩ximo de permanencia fuera del pa铆s.

- Los nacionales de Venezuela a quienes se les conceda las visas estipuladas en el Convenio, quedan en libertad de modificar su calidad o categor铆a migratoria en cualquier momento, si se encuentran en la posibilidad jur铆dica de hacerlo.

VII.- ACLARACIONES RESPECTO DEL CONVENIO聽 de residencia MERCOSUR.- Ya ha quedado aclarado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador que, a los nacionales de Venezuela, de momento, no se les puede aplicar el Convenio de residencia MERCOSUR, por las siguientes razones:

A) Efectivamente, la Rep煤blica Bolivariana de Venezuela no es signataria del Convenio, por los cual, en principio, no est谩 vinculada por 茅l.

B) Al mismo tiempo, Ecuador no es miembro pleno del MERCOSUR, sino tan solo Estado Asociado. Y en virtud de ello, no est谩 vinculado por los actos normativos de Derecho derivado del MERCOSUR, que impondr铆an la obligaci贸n de dar a los nacionales de los otros Estados miembros el tratamiento que como tales les corresponder铆a. Venezuela s铆 es miembro pleno del MERCOSUR y por este motivo, otros Estados miembros del MERCOSUR s铆 tienen obligaciones para con Venezuela en virtud de la pertenencia, como miembros plenos, a la mencionada organizaci贸n internacional.

C) Sin embargo, en el caso de que una persona de nacionalidad venezolana fuera c贸nyuge, conviviente de hecho o pariente de un nacional de otro Estado miembro del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay) o de otro de los Estados signatarios del Convenio (Chile, Bolivia, Per煤 y Colombia), s铆 podr铆a acogerse al Convenio de residencia MERCOSUR, pero como dependiente de su c贸nyuge, conviviente de hecho o pariente.

VIII.- CONVENIENCIAS.- Resulta evidente que se puede configurar un cuadro de conveniencias, seg煤n sea la situaci贸n de las personas, que puede resumirse de la siguiente manera:

A) Quienes sean c贸nyuges, convivientes de hecho o parientes hasta dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad de:

- Personas de nacionalidad ecuatoriana.

- Personas extranjeras titulares de visa de INMIGRANTE diferente de la 9-VI.

Pueden acogerse a la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-VI, de amparo familiar.


B) Quienes tengan titulaciones de nivel superior, bien sea obtenidas en universidades, escuelas polit茅cnicas o cualquier otra instituci贸n de educaci贸n superior, deben :

- Ingresar en el pa铆s u obtener una visa de NO INMIGRANTE distinta de la 12-X.

- Solicitar el reconocimiento de su t铆tulo en la SENESCYT.

- Solicitar la modificaci贸n de su visa de NO INMIGRANTE a la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-V, de profesional liberal.

T茅ngase en cuenta que esto s贸lo es posible para quienes tengan titulaciones SUPERIORES.

C) Quienes no est茅n en los casos anteriores y tampoco puedan acogerse a las visas 9-I, 9-II, 9-III o 9-IV, por no reunir todos los requisitos exigidos para ellas, pueden aprovechar el Convenio de Estatuto Migratorio y solicitar una visa de NO INMIGRANTE 12-XI.

Realmente, el Convenio entre Ecuador y Venezuela aprovecha m谩s a quienes no est谩n en condiciones de acogerse a otros tipos de visa, previstos en la Ley de Extranjer铆a.

IX.- Todas las personas deben ingresar con sus documentos legalizados con la Apostilla de La Haya. Asimismo, se debe tener en cuenta que siempre se va a requerir los siguientes documentos extranjeros:

- Certificados de antecedentes penales.

- Certificados literales de nacimiento.

- Certificados de estado civil.

- T铆tulos acad茅micos (universitarios o de nivel medio).

- Certificados de estudios y promociones acad茅micas.

Por ello, deben procurar tener y llevar consigo todos los documentos antedichos, debidamente legalizados con la Apostilla de La Haya.


X.- Asimismo, las personas pueden conducir por Ecuador, con su licencia o permiso de conducir, por un m谩ximo de 180 d铆as. Transcurrido ese tiempo, deber谩n necesariamente canjearla por una licencia de conducir ecuatoriana. Existe un Convenio entre Ecuador y Venezuela para el canje de permisos de conducir.


Espero que sea de utilidad esta informaci贸n.

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veMiguel

Buenos d铆as Sr. Marques de Velez. Agradecido de antemano por los aportes y tiempo que dedica para con nosotros los interesados en emigrar para Ecuador. Ya qued贸 claro entonces que no podemos obtar por la Visa del Convenio Mercosur.

Ahora 2 dudas:
1) Si mi madre de nacimiento Colombiana y nacionalizada Venezolana me registr贸 como nacido en Colombia tambi茅n. Podr铆a obtar por la Visa Mercosur para Ecuador.聽 Pregunto esto por si solicito la expedici贸n de mi Ciudadan铆a Colombiana y me presento como Colombiano, pero sin la presencia o ampara de mi Madre, sino como solicitud para Mi, mi Esposa e hijos.
Ahora bien,聽 tambi茅n me comentaron hace a帽os, existe el Tratado Andres Bello sobre doble nacionalidad,聽 creo que Colombia y Venezuela,聽 son signatarios.聽 Podr铆a igualmente como hijo de madre Colombiana, acceder a la Visa Mercosur?
2) Hay algun amparo en la Visa Mercosur,聽 la del Convenio Ecuador-Venezuela o la Visa de Profesional 9-V, sobre lo cotizado en el Seguro Social en Venezuela ?

marquesdevelez

veMiguel escribi贸:

Buenos días Sr. Marques de Velez. Agradecido de antemano por los aportes y tiempo que dedica para con nosotros los interesados en emigrar para Ecuador. Ya quedó claro entonces que no podemos obtar por la Visa del Convenio Mercosur.

Ahora 2 dudas:
1) Si mi madre de nacimiento Colombiana y nacionalizada Venezolana me registró como nacido en Colombia también. Podría obtar por la Visa Mercosur para Ecuador.  Pregunto esto por si solicito la expedición de mi Ciudadanía Colombiana y me presento como Colombiano, pero sin la presencia o ampara de mi Madre, sino como solicitud para Mi, mi Esposa e hijos.
Ahora bien,  también me comentaron hace años, existe el Tratado Andres Bello sobre doble nacionalidad,  creo que Colombia y Venezuela,  son signatarios.  Podría igualmente como hijo de madre Colombiana, acceder a la Visa Mercosur?
2) Hay algun amparo en la Visa Mercosur,  la del Convenio Ecuador-Venezuela o la Visa de Profesional 9-V, sobre lo cotizado en el Seguro Social en Venezuela ?


Hola:

1.- Si usted nació en Venezuela, pero su madre colombiana le transmitió la nacionalidad colombiana por ius sanguinis y así fue inscrito en el Registro Civil de Colombia, usted tiene atribuidas desde el nacimiento las dos nacionalidades. En este sentido, sea práctico: ejerza en Ecuador la nacionalidad colombiana, que le permitirá acogerse a la visa MERCOSUR y asunto concluido.

Las personas que tienen atribuida más de una nacionalidad desde su nacimiento, ostentan ambas. Usted utilice en Ecuador la que más le convenga.

2.- Si usted es colombiano de nacimiento, por ser hijo de colombiana, no necesita de su madre para instalarse en Ecuador. Usted va a decir que es COLOMBIANO, no venezolano. Tenga en cuenta que es sólo un trámite burocrático y en nada afecta a cómo pueda usted sentirse.

3.- El Convenio Andrés Bello, al que usted hace referencia, es de COOPERACIÓN CULTURAL y nada tiene que ver con nacionalidad. Es un Convenio multilateral que básicamente permite que se reconozcan en los otros Estados signatarios los estudios de nivel primario y medio, con plenos efectos y que los títulos universitarios sean reconocidos a los solos efectos de cursar estudios de posgrado, pero sin efectos profesionales (para tenerlos, debe seguirse el procedimiento ordinario).

4.- En materia de NACIONALIDAD, es EXCLUSIVAMENTE CADA ESTADO quien determina en su legislación quiénes son sus nacionales, porque es un atributo inherente a la soberanía de cada Estado determinar en su legislación quiénes son sus nacionales. Y por ello, únicamente la legislación interna de cada Estado es la que puede determinar la forma como se atribuye, adquiere, conserva, pierde y recupera su nacionalidad. Los países de América Latina tienen por tradición regular la nacionalidad directamente en sus Constituciones Políticas, por lo que es a ellas a las que hay que remitirse para determinar quiénes son los nacionales del respectivo Estado.

Por ello, si un sujeto es considerado nacional por un Estado, es indiferente si ese sujeto nació o no en el territorio del ese Estado y asimismo, es indiferente si el sujeto se crió y vivió en el respectivo Estado y si habla o no el idioma del Estado (esto es más apreciable en países europeos), porque para que se produzca la atribución de la nacionalidad del Estado desde el nacimiento, basta con que ocurra en la realidad el supuesto previsto en la legislación del Estado para que ello ocurra. Por eso, se pueden dar casos de gente que ostenta una nacionalidad, pero nunca en su vida ha estado en el territorio del Estado cuya nacionalidad ostente y ni tan siquiera hablan su idioma y socioculturalmente no se sienten parte de ese Estado, sino del Estado en el que se han criado, como sucede con muchos descendientes de europeos nacidos y criados en países latinoamericanos y que ostentan también la nacionalidad de sus antepasados por ius sanguinis: ellos son formalmente alemanes, británicos, italianos, portugueses, franceses, belgas, holandeses, austríacos, españoles...pero, en realidad se sienten venezolanos, argentinos, colombianos, ecuatorianos, peruanos, mexicanos, etc., porque son los países en los que han nacido y se han criado.

5.- La materia de Seguridad Social tiene su regulación específica y no debe mezclarse con materia de Extranjería. Nada tiene que ver la obtención de visas con prestaciones de la Seguridad Social.

Existe un Convenio Bilateral de Seguridad Social entre Ecuador y Venezuela, con su respectivo Acuerdo Administrativo. Pero, eso es materia distinta a la que se trata en esta entrada, que es fundamentalmente lo relativo a las visas para establecerse en Ecuador. Debe ir paso a paso, por partes: primero, establézcase, luego, ya podrá buscar beneficiarse del Convenio Bilateral de Seguridad Social.

Un cordial saludo.

RubenSalazar

Buenas tardes. Soy un joven Venezolano, de 24 a帽os, con titulo de ABOGADO, graduado聽 en una univerdad que se encuentra en el listado de REGISTRO AUTOM脕TICO DE T脥TULOS ante el (SENESCYT). Viajare en Agosto a Quito con el fin de solicitar la Visa 12:IX para registrar el titulo con posterioridad, eso lo tengo bastante claro. luego de eso solicitare la Visa Profesional. He leido algunas leyes y procedimientos y se habla de la inscripcion en el foro de abogados y solicitan como requisito un certificado pr谩cticas pre-profesionales. Mi pregunta es la siguiente: QUE DEBO HACER ESPECIFICAMENTE, luego de registrar mi titulo de abogado y tramitar la visa profesional, para ejecer libremente y donde puedo realizar las practicas pre profesionales por un a帽o de las que se hace mencion en la ley?

marquesdevelez

RubenSalazar escribi贸:

Buenas tardes. Soy un joven Venezolano, de 24 años, con titulo de ABOGADO, graduado  en una univerdad que se encuentra en el listado de REGISTRO AUTOMÁTICO DE TÍTULOS ante el (SENESCYT). Viajare en Agosto a Quito con el fin de solicitar la Visa 12:IX para registrar el titulo con posterioridad, eso lo tengo bastante claro. luego de eso solicitare la Visa Profesional. He leido algunas leyes y procedimientos y se habla de la inscripcion en el foro de abogados y solicitan como requisito un certificado prácticas pre-profesionales. Mi pregunta es la siguiente: QUE DEBO HACER ESPECIFICAMENTE, luego de registrar mi titulo de abogado y tramitar la visa profesional, para ejecer libremente y donde puedo realizar las practicas pre profesionales por un año de las que se hace mencion en la ley?


Hola:

Ya le he contestado en otro enlace. Puede consultar en el siguiente enlace lo concerniente al ejercicio de la abogacía:

/forum/viewtopic.php?id=263448

Un cordial saludo.

veMiguel

Estimado Sr. De Velez,

Muy agradecido para con su amabilidad y tiempo para responderme. Encantado como siempre,聽 por sus francas, completas y sabias respuestas.
Analizando con mi Esposa la situaci贸n en la podr铆amos encontrarnos en Ecuador,聽 que nos podr铆a sugerir:

1) Obtar por la Visa Mercosur como colombiano (ser铆a un tr谩mite mas largo ya que tendr铆a que gestionar la c茅dula y luego el pasaporte).
Me preocupa 2 cosas
A) Que aunque Ud. En el punto 4 dej贸 bien claro el tema de la Nacionalidad, todos los documentos que poseo van a estar legalizados y apostillados en Venezuela: podr铆a generar alguna discrepancia en alg煤n Organismo P煤blico o privado?
B) Aunque la Visa de Mercosur pone al portador y amparados al nivel de trato de un Ecuatoriano,聽 es una Visa de No Inmigrante.

2) Mi Esposa siendo Profesional (T茅cnico Superior Universitario en Administraci贸n) podr铆a gestionar la Visa 9-V de Profesional Independiente y ampararnos a nosotros.

La pregunta luego de exponer ambas inquietudes es: Cu谩l nos recomendar铆a Ud. Que gestionaramos y que nos convenga para establecernos legalmente.?

Mil gracias de antemano. Dios lo bendiga.

marquesdevelez

veMiguel escribi贸:

Estimado Sr. De Velez,

Muy agradecido para con su amabilidad y tiempo para responderme. Encantado como siempre,  por sus francas, completas y sabias respuestas.
Analizando con mi Esposa la situación en la podríamos encontrarnos en Ecuador,  que nos podría sugerir:

1) Obtar por la Visa Mercosur como colombiano (sería un trámite mas largo ya que tendría que gestionar la cédula y luego el pasaporte).
Me preocupa 2 cosas
A) Que aunque Ud. En el punto 4 dejó bien claro el tema de la Nacionalidad, todos los documentos que poseo van a estar legalizados y apostillados en Venezuela: podría generar alguna discrepancia en algún Organismo Público o privado?
B) Aunque la Visa de Mercosur pone al portador y amparados al nivel de trato de un Ecuatoriano,  es una Visa de No Inmigrante.

2) Mi Esposa siendo Profesional (Técnico Superior Universitario en Administración) podría gestionar la Visa 9-V de Profesional Independiente y ampararnos a nosotros.

La pregunta luego de exponer ambas inquietudes es: Cuál nos recomendaría Ud. Que gestionaramos y que nos convenga para establecernos legalmente.?

Mil gracias de antemano. Dios lo bendiga.


Hola:

1.- Usted debe acreditar su nacionalidad colombiana mediante su documento de identidad y pasaporte. Y es conveniente que también tenga a la mano su certificado literal de nacimiento del Registro Civil de Colombia, para que pruebe que es colombiano por nacimiento, ya que, si usted es venezolano, por su acento (en Ecuador, como sucede en otros países del continente,  se detecta inmediatamente que un sujeto es extranjero por el acento, de modo que con hablar ya se lo identifica, porque la gente tiene registrados los acentos de prácticamente toda América del Sur), probablemente los funcionarios entrarán en duda y le pedirán que acredite que es realmente colombiano por nacimiento y es cuando deberá presentar la prueba irrefutable: el acta de nacimiento.

Usted debe decir, ante cualquier duda, que tiene doble nacionalidad desde el nacimiento: que es venezolano por ius soli y colombiano por ius sanguinis, que las legislaciones de ambos países lo consideran nacional por nacimiento y con eso, el asunto debería quedar zanjado.

2.- Es indiferente que los demás documentos sean venezolanos, ya que eso no quita en lo absoluto que usted sea también colombiano. Además, es normal, si es donde ha estado residiendo antes de entrar en Ecuador.

3.- Las visas de NO INMIGRANTE son esencialmente temporales. Eso las diferencia de las de INMIGRANTE, que son permanentes. En el caso de las visas MERCOSUR, se permite trabajar, pero debe tener presente que tiene una vigencia máxima de 2 años y que para pedir la permanente, debe solicitarla 90 días antes de su caducidad.

4.- Si su cónyuge tiene título de nivel superior, lo más práctico es que ella solicite el reconocimiento de su título en la SENESCYT y luego solicite la visa de INMIGRANTE categoría 9-V y con eso, puede amparar a cónyuge y parientes hasta dentro del segundo grado de consanguinidad y afinidad.

Un cordial saludo.

veMiguel

Buenas Sr. de Velez,

Gracias por su tiempo para con nuestro caso. Entonces solicitar茅 la C茅dula y Pasaporte Colombiano.
Ahora bien tengo 3 dudas, que por favor le pido, me pueda aclarar:

1) Para solicitar la Visa Mercosur debo dirigirme a un Consulado de Ecuador en Colombia o puedo hacerlo desde Venezuela con la ciudadan铆a colombiana?聽 C贸mo har铆a en el caso de las visas de amparo a mi esposa e hijos: Donde debo o deben ellos solicitar el amparo?
2) Cuando ingresemos a Ecuador, con la Visa Mercosur podemos abrir cuentas bancarias y realizar tr谩mites de alquiler?聽 O debo esperar a que a mi Esposa le reconozcan el T铆tulo para la Visa 9-V para ampararnos?.
3) Con respecto a la Visa de amparo 9-VI para mis hijos y Yo, debo yo usar la ciudadan铆a Colombiana o Venezolana? Osea luego de Yo haber entrado como Colombiano puedo cambiar de ciudadan铆a para la otra Visa o debo permanecer como Colombiano?

Muchas gracias de antemano por la atenci贸n prestada y que Dios lo siga bendiciendo.

marquesdevelez

veMiguel escribi贸:

Buenas Sr. de Velez,

Gracias por su tiempo para con nuestro caso. Entonces solicitaré la Cédula y Pasaporte Colombiano.
Ahora bien tengo 3 dudas, que por favor le pido, me pueda aclarar:

1) Para solicitar la Visa Mercosur debo dirigirme a un Consulado de Ecuador en Colombia o puedo hacerlo desde Venezuela con la ciudadanía colombiana?  Cómo haría en el caso de las visas de amparo a mi esposa e hijos: Donde debo o deben ellos solicitar el amparo?
2) Cuando ingresemos a Ecuador, con la Visa Mercosur podemos abrir cuentas bancarias y realizar trámites de alquiler?  O debo esperar a que a mi Esposa le reconozcan el Título para la Visa 9-V para ampararnos?.
3) Con respecto a la Visa de amparo 9-VI para mis hijos y Yo, debo yo usar la ciudadanía Colombiana o Venezolana? Osea luego de Yo haber entrado como Colombiano puedo cambiar de ciudadanía para la otra Visa o debo permanecer como Colombiano?

Muchas gracias de antemano por la atención prestada y que Dios lo siga bendiciendo.


Hola:

1.- Desde el principio debe saber que el uso de las nacionalidades no es un juego. Si se entra en un Estado ejerciendo una nacionalidad y se va a servir de ella para obtener una calidad o un tratamiento favorable en ese Estado, debe permanecer ejerciendo esa nacionalidad. Si a usted le conviene ejercer la nacionalidad colombiana, porque con ella podrá obtener la visa MERCOSUR, debe mantenerse en uso de esa nacionalidad. Algo similar a lo que hacen muchos latinoamericanos descendientes de europeos y que han conservado o recuperado la nacionalidad de sus antepasados, cuando vienen a vivir a Europa con el pasaporte del país europeo del que eran originarios sus antepasados. Es corriente ver en España y otros países europeos argentinos, uruguayos, chilenos, venezolanos, mexicanos, brasileños, ecuatorianos, colombianos, que viven con pasaportes italianos, portugueses, españoles, alemanes, británicos, franceses, belgas, daneses, etc. y se da la situación cómica de que ellos formalmente ostentan la nacionalidad de los países europeos mencionados, que es lo que les permite vivir sin problemas en Europa, pero realmente se sienten parte del país de origen (hay casos curiosos de "alemanes" nacidos y criados en Bolivia, que no saben hablar alemán o "franceses" nacidos y criados en Ecuador, que no saben hablar francés, porque las familias no siempre conservaron el idioma).

Dado que usted tiene doble nacionalidad desde el nacimiento, debe llevar sus documentos colombianos que acrediten que es colombiano por nacimiento - ius sanguinis-  (no por naturalización, como erróneamente podría llegar a creerse a simple vista).

Al final, la nacionalidad es un simple vínculo jurídico y político entre una persona y un Estado (o varios Estados, como sucede en los casos de doble o múltiple nacionalidad) y en nada tiene que influir en lo que se considere realmente la persona. En Europa, donde lo corriente es que la nacionalidad se transmita por ius sanguinis y el ius soli sea sólo excepcional, son frecuentes los casos de gente que ha nacido y se ha criado en un país, donde tiene su centro de vida e intereses, pero que puede tener atribuida desde el nacimiento la nacionalidad de sus progenitores extranjeros y se da la paradoja de que alguien, por ejemplo, nacido y criado en París, ciudad a la que siempre tendrá como su lugar de origen, pero de padres alemanes, sea de nacionalidad alemana, que le viene atribuida por ius sanguinis (porque Francia, como es corriente en Europa, no  atribuye la nacionalidad francesa por el mero hecho de nacer en su territorio, como hacen los países americanos), aunque esa persona quizás nunca haya vivido en Alemania y no se sienta realmente vinculada a ese país.

2.- Las visas pueden solicitarse dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Es más práctico que hacerlo en los Consulados. Pero, desde luego, debe llevar con usted todos los documentos necesarios.

Los Consulados tienen competencia territorial, dentro de una demarcación consular concreta. Ordinariamente, se atiende a las personas que son residentes en la demarcación consular (sean ecuatorianas o extranjeras) y excepcionalmente a quienes estén de tránsito.

3.- La visa MERCOSUR permite abrir cuentas bancarias. Con todo, no olvide que la visa MERCOSUR, si se obtiene en el Consulado, debe inscribirse en el Registro de Extranjeros y en el Empadronamiento de Migración, ambos a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Si la obtiene en Ecuador, sólo debe solicitar la inscripción en el Empadronamiento de Migración. Es importante, antes de abrir cualquier cuenta bancaria, que tenga en su poder el Empadronamiento de Migración. Y puede también alquilar vivienda.

4.- En cuanto obtenga la visa MERCOSUR, su cónyuge deberá iniciar el procedimiento de reconocimiento de su título universitario. Cuando lo obtenga, deberá modificar su visa como amparada MERCOSUR por una de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal. Y cuando ya la tenga, podrá solicitar el amparo de usted y sus hijos. Es conveniente que se mantenga con la nacionalidad que tenía la visa MERCOSUR, aunque podrá declarar y ejercer su nacionalidad venezolana, teniendo en cuenta que saldrá de la visa MERCOSUR a ser amparado de su cónyuge.

Cuando ya todos tengan la cédula de identidad ecuatoriana, podrán solicitar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador (Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación).

Un cordial saludo.

joseluisingcivjoseluising

Hola Sr. De Velez, le queria consultar lo siguiente y gracias de antemano por su atencion.

Se ha presentado una oportunidad de negocio en Ecuador en la cual la inversion seria de alrededor 15.000 dolares, que tipo de visa me permitiria adquirir acciones en una sociedad anonima en Ecuador sin necesidad de aplicar a la visa de inmigrante de 25.000 dolares o mas? y si yo tramito mi visa profesional de inmigrante podria comprar acciones en compa帽ias a sociedades en ecuador o solo puedo ejercer mi profesion?

veMiguel

marquesdevelez escribi贸:
veMiguel escribi贸:

Buenas Sr. de Velez,

Gracias por su tiempo para con nuestro caso. Entonces solicitaré la Cédula y Pasaporte Colombiano.
Ahora bien tengo 3 dudas, que por favor le pido, me pueda aclarar:

1) Para solicitar la Visa Mercosur debo dirigirme a un Consulado de Ecuador en Colombia o puedo hacerlo desde Venezuela con la ciudadanía colombiana?  Cómo haría en el caso de las visas de amparo a mi esposa e hijos: Donde debo o deben ellos solicitar el amparo?
2) Cuando ingresemos a Ecuador, con la Visa Mercosur podemos abrir cuentas bancarias y realizar trámites de alquiler?  O debo esperar a que a mi Esposa le reconozcan el Título para la Visa 9-V para ampararnos?.
3) Con respecto a la Visa de amparo 9-VI para mis hijos y Yo, debo yo usar la ciudadanía Colombiana o Venezolana? Osea luego de Yo haber entrado como Colombiano puedo cambiar de ciudadanía para la otra Visa o debo permanecer como Colombiano?

Muchas gracias de antemano por la atención prestada y que Dios lo siga bendiciendo.


Hola:

1.- Desde el principio debe saber que el uso de las nacionalidades no es un juego. Si se entra en un Estado ejerciendo una nacionalidad y se va a servir de ella para obtener una calidad o un tratamiento favorable en ese Estado, debe permanecer ejerciendo esa nacionalidad. Si a usted le conviene ejercer la nacionalidad colombiana, porque con ella podrá obtener la visa MERCOSUR, debe mantenerse en uso de esa nacionalidad. Algo similar a lo que hacen muchos latinoamericanos descendientes de europeos y que han conservado o recuperado la nacionalidad de sus antepasados, cuando vienen a vivir a Europa con el pasaporte del país europeo del que eran originarios sus antepasados. Es corriente ver en España y otros países europeos argentinos, uruguayos, chilenos, venezolanos, mexicanos, brasileños, ecuatorianos, colombianos, que viven con pasaportes italianos, portugueses, españoles, alemanes, británicos, franceses, belgas, daneses, etc. y se da la situación cómica de que ellos formalmente ostentan la nacionalidad de los países europeos mencionados, que es lo que les permite vivir sin problemas en Europa, pero realmente se sienten parte del país de origen (hay casos curiosos de "alemanes" nacidos y criados en Bolivia, que no saben hablar alemán o "franceses" nacidos y criados en Ecuador, que no saben hablar francés, porque las familias no siempre conservaron el idioma).

Dado que usted tiene doble nacionalidad desde el nacimiento, debe llevar sus documentos colombianos que acrediten que es colombiano por nacimiento - ius sanguinis-  (no por naturalización, como erróneamente podría llegar a creerse a simple vista).

Al final, la nacionalidad es un simple vínculo jurídico y político entre una persona y un Estado (o varios Estados, como sucede en los casos de doble o múltiple nacionalidad) y en nada tiene que influir en lo que se considere realmente la persona. En Europa, donde lo corriente es que la nacionalidad se transmita por ius sanguinis y el ius soli sea sólo excepcional, son frecuentes los casos de gente que ha nacido y se ha criado en un país, donde tiene su centro de vida e intereses, pero que puede tener atribuida desde el nacimiento la nacionalidad de sus progenitores extranjeros y se da la paradoja de que alguien, por ejemplo, nacido y criado en París, ciudad a la que siempre tendrá como su lugar de origen, pero de padres alemanes, sea de nacionalidad alemana, que le viene atribuida por ius sanguinis (porque Francia, como es corriente en Europa, no  atribuye la nacionalidad francesa por el mero hecho de nacer en su territorio, como hacen los países americanos), aunque esa persona quizás nunca haya vivido en Alemania y no se sienta realmente vinculada a ese país.

2.- Las visas pueden solicitarse dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Es más práctico que hacerlo en los Consulados. Pero, desde luego, debe llevar con usted todos los documentos necesarios.

Los Consulados tienen competencia territorial, dentro de una demarcación consular concreta. Ordinariamente, se atiende a las personas que son residentes en la demarcación consular (sean ecuatorianas o extranjeras) y excepcionalmente a quienes estén de tránsito.

3.- La visa MERCOSUR permite abrir cuentas bancarias. Con todo, no olvide que la visa MERCOSUR, si se obtiene en el Consulado, debe inscribirse en el Registro de Extranjeros y en el Empadronamiento de Migración, ambos a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Si la obtiene en Ecuador, sólo debe solicitar la inscripción en el Empadronamiento de Migración. Es importante, antes de abrir cualquier cuenta bancaria, que tenga en su poder el Empadronamiento de Migración. Y puede también alquilar vivienda.

4.- En cuanto obtenga la visa MERCOSUR, su cónyuge deberá iniciar el procedimiento de reconocimiento de su título universitario. Cuando lo obtenga, deberá modificar su visa como amparada MERCOSUR por una de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal. Y cuando ya la tenga, podrá solicitar el amparo de usted y sus hijos. Es conveniente que se mantenga con la nacionalidad que tenía la visa MERCOSUR, aunque podrá declarar y ejercer su nacionalidad venezolana, teniendo en cuenta que saldrá de la visa MERCOSUR a ser amparado de su cónyuge.

Cuando ya todos tengan la cédula de identidad ecuatoriana, podrán solicitar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador (Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación).

Un cordial saludo.


Wow que genial. Es contar en este Foro con una persona tan capacitada y dispuesta a ayudar. Geniales respuestas. Ahondó mas allá..
Me encantó la idea de solicitar la Visa Mercosur en Ecuador, entrando como turista.
No quisiera abusar de su tiempo y paciencia, una última pregunta por favor:
Si llegaramos a entrar via terrestre al Ecuador con la visa turista podriamos traer carro y menaje (mudanza). O ya tendríamos que venirnos a Ecuador con Visa Mercosur?

Mil gracias :