Hola:
Es necesario distinguir entre:
1.- La entrada a territorio de Ecuador de vehÃculos matriculados en el extranjero.
2.- La importación de vehÃculos matriculados en el extranjero a Ecuador.
3.- La exención del pago de arancel de importación.
En el primer caso, la entrada de vehÃculos, se refiere únicamente al caso de que los vehÃculos matriculados en el extranjero puedan, efectivamente, cruzar la frontera e ingresar en territorio de Ecuador. Aquà no hay restricciones más que las relativas al cumplimiento de las formalidades: acreditar propiedad y matrÃcula del vehÃculo y contratar el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito). Esto es sólo para internarse en el paÃs. El conductor debe también mostrar su licencia o permiso de conducir. Además, deberá firmar la Declaración Jurada de Turista, para poder hacer uso privado del vehÃculo dentro de Ecuador. Esto tiene validez por el mismo tiempo que se autorice al propietario extranjero a permanecer en territorio de Ecuador.
En lo que respecta a la importación del vehÃculo: puede, asimismo, importarse el vehÃculo, pagando el correspondiente arancel de importación que corresponda pagar. Y aquà es donde entra en juego la posibilidad de exonerarse del pago del arancel de importación si el vehÃculo, declarado como parte del menaje de casa, cumple con determinados requisitos:
- Si los propietarios interesados en importarlo son extranjeros, necesariamente deberán ser titulares de una visa de INMIGRANTE.
- El modelo del vehÃculo debe corresponder a los últimos 4 años.
- Debe haber sido embarcado con el resto del menaje de casa.
- El valor del vehÃculo no puede ser superior a 20 mil dólares de los Estados Unidos de América, teniendo en cuenta el precio de venta el año en el que el modelo salió al mercado.
- El cilindraje del vehÃculo no puede ser superior a tres mil centÃmetros cúbicos.
- En caso de motocicletas, el ciclindraje no puede ser superior a 650 metros cúbicos.
- Las motocicletas no pueden tener un valor superior a los 8 mil dólares, teniendo en cuenta el año en el que el vehÃculo salió al mercado.
Los vehÃculos que no cumplan las condiciones, simplemente, no se benefician de la exención y sus propietarios, si los quieren importar a Ecuador, deberán pagar los aranceles establecidos.
Las competencias en materia aduanera en Ecuador, las ejerce el Servicio de Aduana del Ecuador:
Un cordial saludo.