Hola que tal, Estoy pensando en irme a vivir con mi esposa (Ecuatoriana) al Ecuador en el 2014 Para Trabajar, estudiar y hacer Nuestra Familia. Nos Casamos aqui en Venezuela y me gustaria Recibir la Nacionalidad Ecuatoriana pero no Tengo informacion de como hacerlo.. llamo al Consulado y me dicen que ellos no hacen esos tramites, que tiene que ser directamente en el Ecuador.. Me gustaria saber que debo hacer si necesito un tipo de Visa.. o algo.. Tenemos 2 a帽os de casados.. Y tambien me gustaria saber si a la hora de emigrar nuestra Cedula de identidad Venezolana debe tener el Estado Civil de Casado? porque en Venezuela se Usa Soltero asi estemos Casados.. Gracias...
Hola.
Parece que usted tambi茅n hizo una consulta en otro enlace. Ya se le respondi贸 en 茅l y se le remiti贸 al siguiente enlace:
/forum/viewtopic.php?id=323531
Se recalca que usted tiene que llevar a cabo los siguientes pasos:
1.- Solicitar el reconocimiento e inscripci贸n del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador, tr谩mite que es competencia exclusiva de la Direcci贸n General de Registro Civil, Identificaci贸n y Cedulaci贸n, en su sede central de Quito. Sobre esto, existe tambi茅n un enlace en este foro.
2.- Solicitar luego una visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-VI, de amparo familiar, como c贸nyuge de ecuatoriana. Usted a煤n no cumple el tiempo m铆nimo de matrimonio exigido para que pueda solicitar adquirir la nacionalidad ecuatoriana por declaraci贸n (3 a帽os).
La visa de INMIGRANTE 9-VI, le permite trabajar, de modo que por ese lado, no debe tener mayor preocupaci贸n. Todos los extranjeros titulares de visa de INMIGRANTE, est谩n obligados a solicitar c茅dula de identidad ecuatoriana como extranjeros.
Recuerde que existen dos situaciones bien diferenciadas para los c贸nyuges extranjeros de ecuatorianos:
- Personas que han sido residentes legales en el Ecuador: se les requiere tres a帽os de residencia continuada, contados desde la fecha de expedici贸n de la c茅dula de identidad ecuatoriana.
- Personas que no han sido residentes legales en el Ecuador: se les requiere que el matrimonio con la persona de nacionalidad ecuatoriana haya durado m谩s de tres a帽os (3 a帽os m谩s 1 d铆a). Dentro de esta categor铆a entran tanto quienes nunca han residido en el Ecuador, como quienes han estado residiendo en el pa铆s, pero sin estar amparados en ninguna visa (es decir, viviendo en situaci贸n administrativa irregular).
Entre las situaciones antes mencionadas, pueden darse casos "mixtos", como el suyo: casado en el extranjero con ecuatoriana que va a vivir al Ecuador luego de solo dos a帽os de matrimonio: como todav铆a no cumple m谩s de 3 a帽os, debe pedir una visa de INMIGRANTE 9-VI. Pero, como al a帽o siguiente ya habr谩 cumplido m谩s de 3 a帽os de matrimonio con la persona ecuatoriana, puede pedir directamente la nacionalidad, sin tener necesariamente que esperar a cumplir los 3 a帽os de residencia continuada. Y siempre ser谩 indispensable, como tantas veces se ha recalcado, que el matrimonio celebrado en el extranjero, haya sido debidamente reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador.
Un cordial saludo.