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como vivir en ecuador?????

SERGIO G.B.

HOLA A TODOS, ME LLAMO SERGIO, VIVO EN ALICANTE-ESPA脩A, Y ESTOY MUY HARTO DE LA SITUACION AQUI, DE TANTOS POLITICOS QUE SOLO PIENSAN EN LLENARSE LOS BOLSILLOS Y A LOS ESPA脩OLES QUE NOS DEN, TENGO TRABAJO PERO NO AGUANTO MAS. ME GUSTARIA QUE ALGUIEN ME CONTARA QUE TAL ES LA VIDA POR ALLI, COMO ESTA EL TRABAJO, EL ALQUILER DE CASA, EL COSTO DE LA VIDA, ETC..., NO DESCARTO DEJARLO TODO E IRME ALLI. OS DEJO MI CORREO Y AGRADECERIA ALGUNA RESPUESTA SINCERA
GRACIAS A TODOS

guinnot@continuos.com

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Julie

Hola Sergio,

Bienvenido a 大咖福利影院 :).

Te invito a escribir con letras min煤sculas en el foro: facilitar谩 la lectura ;).
Gracias de antemano.

Saludos

SERGIO G.B.

Julie escribi贸:

Hola Sergio,

Bienvenido a 大咖福利影院 :).

Te invito a escribir con letras min煤sculas en el foro: facilitar谩 la lectura ;).
Gracias de antemano.

Saludos


O.K. Julie, gracias por avisar, pues ya ves, como has le铆do, estoy cansado de Espa帽a y Ecuador tiene buena pinta, es bonito, pero estoy totalmente verde referente a la realidad de all铆, solo quiero empezar de nuevo, con un trabajo, una peque帽a casita para vivir alquilado y no tener m谩s que amigos, disfrutar de la vida y no preocuparme tanto por lo material, lo justo para estar c贸modo y ya est谩. Espero me podais ayudar y comentar la situaci贸n por all谩
Te envio un fuerte abrazo de tu amigo Sergio, desde Espa帽a

kikov79

Te comento de Quito. Es tranquilo, est谩 entre monta帽as, con un entorno natural incre铆ble.
La gente es amable y simp谩tica, y se nota que es un pa铆s que est谩 creciendo mucho. Se nota mucha actividad, y mucha construcci贸n. Creo que es un buen sitio para ir.

ElvaHF

Hola Sergio,

Yo soy espa帽ola, c谩ntabra, en concreto. y vivo y trabajo en Ecuador desde noviembre de 2012. Vivo en Loja, una ciudad de la provincia del mismo nombre situada al sur de Ecuador, muy cerca de Per煤.

Estoy muy contenta de haber hecho el cambio. En mi caso no fue una decisi贸n m铆a de venirme aqu铆 y cambiar mi ritmo y estilo de vida, si no que tuve una oferta de la Universidad T茅cnica Particular de Loja y aqu铆 acab茅.

La gente es super amable, nadie duda en ayudarte cuando lo necesitas, eso s铆, el ritmo de vida es muy diferente al de Espa帽a, pero es muy f谩cil hacerte a ello, a m铆 no me cost贸 nada y ya cuento con muy grandes amigos.

Ecuador cada vez ofrece m谩s y m谩s opciones de trabajo, es un pa铆s en alza que ofrece much铆simas posibilidades.

El coste de vida es bajo. Yo vivo en un departamento casi de lujo por $400. Para aqu铆 eso es caro, pero para nosotros pensar en la calidad donde vivo por 340聙 es una ganga. Comer fuera de casa es muy barato, el transporte y la gasolina tambi茅n. Lo que si es caro es la ropa y el alcohol por el tema de impuestos.

Cualquier inquietud m谩s que tengas te respondo sin problemas, hace meses estaba con las mismas preguntas que t煤.

Saludos :)

SERGIO G.B.

ElvaHF escribi贸:

Hola Sergio,

Yo soy espa帽ola, c谩ntabra, en concreto. y vivo y trabajo en Ecuador desde noviembre de 2012. Vivo en Loja, una ciudad de la provincia del mismo nombre situada al sur de Ecuador, muy cerca de Per煤.

Estoy muy contenta de haber hecho el cambio. En mi caso no fue una decisi贸n m铆a de venirme aqu铆 y cambiar mi ritmo y estilo de vida, si no que tuve una oferta de la Universidad T茅cnica Particular de Loja y aqu铆 acab茅.

La gente es super amable, nadie duda en ayudarte cuando lo necesitas, eso s铆, el ritmo de vida es muy diferente al de Espa帽a, pero es muy f谩cil hacerte a ello, a m铆 no me cost贸 nada y ya cuento con muy grandes amigos.

Ecuador cada vez ofrece m谩s y m谩s opciones de trabajo, es un pa铆s en alza que ofrece much铆simas posibilidades.

El coste de vida es bajo. Yo vivo en un departamento casi de lujo por $400. Para aqu铆 eso es caro, pero para nosotros pensar en la calidad donde vivo por 340聙 es una ganga. Comer fuera de casa es muy barato, el transporte y la gasolina tambi茅n. Lo que si es caro es la ropa y el alcohol por el tema de impuestos.

Cualquier inquietud m谩s que tengas te respondo sin problemas, hace meses estaba con las mismas preguntas que t煤.

Saludos :)


Hola Elva, te agradezco de todo coraz贸n tu interes, mira, yo lo 煤nico que necesitar铆a es saber que tengo un trabajo all铆, que me d茅 para vivir y pagar un alquilercito y gasto habituales, nada m谩s, 驴 podr铆as hecharme una mano ?. El asunto es que si me voy de Espa帽a, es para no volver, y tengo un poco de miedo de ir y verme sin algo seguro, en caso de que puedas, ya te compensar茅 de alguna manera, si tengo que pagarte algo, gastos, etc....no hay problema, pero necesito algo de seguridad.
Espero ansioso que me cuentes algo
Te envio un fuerte abrazo y las gracias por poder contar contigo
Hasta muy pronto

kikov79

El tema de visado de trabajo, si no estoy mal informado (y porque funciona parecido en todos los pa铆ses) se gestiona en ambos pa铆ses. Por un lado, en el Ministerio de Trabajo deber铆a emitir la orden al Ministerio de Exteriores de que un extranjero quiere ir a trabajar a Ecuador, y por otro lado, en Espa帽a, en el Consulado, gestionas la solicitud de visado con alg煤n documento (o publicaci贸n).

Para que el Ministerio de Trabajo emita esa orden, una empresa debe solicitarle la incorporaci贸n de un extranjero.

Aqu铆 es donde est谩 lo complicado, encontrar una empresa que quiera contratar a un extranjero, porque el proceso es m谩s lento y complejo. Sin embargo, si tienes un buen perfil que les cueste encontrar en Ecuador, ahora es un buen momento. La empresa har谩 todo lo que sea por contratarte.

marquesdevelez

kikov79 escribi贸:

El tema de visado de trabajo, si no estoy mal informado (y porque funciona parecido en todos los pa铆ses) se gestiona en ambos pa铆ses. Por un lado, en el Ministerio de Trabajo deber铆a emitir la orden al Ministerio de Exteriores de que un extranjero quiere ir a trabajar a Ecuador, y por otro lado, en Espa帽a, en el Consulado, gestionas la solicitud de visado con alg煤n documento (o publicaci贸n).

Para que el Ministerio de Trabajo emita esa orden, una empresa debe solicitarle la incorporaci贸n de un extranjero.

Aqu铆 es donde est谩 lo complicado, encontrar una empresa que quiera contratar a un extranjero, porque el proceso es m谩s lento y complejo. Sin embargo, si tienes un buen perfil que les cueste encontrar en Ecuador, ahora es un buen momento. La empresa har谩 todo lo que sea por contratarte.


Hola.

En Ecuador existen, de acuerdo con la Ley de Extranjer铆a, en estricto rigor, dos visas que son propiamente hablando de naturaleza laboral:

A) VISA DE INMIGRANTE, categor铆a 9-IV.

B) VISA DE NO INMIGRANTE, categor铆a 12-VI.

Ambas abarcan, en realidad, varios supuestos y no se circunscriben exclusivamente a la relaci贸n laboral regulada por el C贸digo del Trabajo, sino que pueden abarcar varios supuestos.

Por otro lado, es importante se帽alar que las dos grandes calidades migratorias en las que se clasifica las situaciones de los extranjeros en el Ecuador (INMIGRANTE y NO INMIGRANTE), tienen relaci贸n estrictamente con la duraci贸n temporal de la permanencia en el Ecuador: INMIGRANTES son los que tienen la intenci贸n de radicarse definitivamente en el pa铆s y que se hallan en alguna de las categor铆as enumeradas y descritas en el art.9 de la Ley de Extranjer铆a y que quedan habilitados para trabajar en cualquier actividad por cuenta ajena o propia en el sector privado sin necesidad de autorizaci贸n laboral especial; NO INMIGRANTES los que solo desean permanecer de manera temporal y condicionada a la realizaci贸n de una actividad espec铆fica para la que se lo autoriza (por tanto, se entiende que tienen prohibido dedicarse a una actividad diferente a la autorizada). Y hay otro elemento importante: a los INMIGRANTES se los considera como domiciliados en el Ecuador, pues desde la fecha de inscripci贸n en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, adquieren domicilio pol铆tico en el Ecuadior. En cambio, a los NO INMIGRANTES, no se los considera como domiciliados en el Ecuador, tanto es as铆, que la propia Ley de Extranjer铆a resalta que los NO INMIGRANTES son personas extranjeras que conservan su domicilio en otro Estado y que solo se internan en el Ecuador de manera temporal y condicional.

No obstante, tanto la Ley de Extranjer铆a como su Reglamento de desarrollo, dejan abierta la posibilidad de MODIFICAR la calidad y categor铆a migratoria, siempre y cuando se lo solicite OPORTUNAMENTE, es decir, mientras dure la autorizaci贸n de permanencia legal o mientras se mantenga vigente la visa que se pretende modificar.


VISAS LABORALES STRICTU SENSU:

A) INMIGRANTE, categor铆a 9-IV.- Como ha quedado indicado, abarca varios supuestos, que se enumeran a continuaci贸n:

1.- Trabajadores con contrato de trabajo por tiempo INDEFINIDO.- Este es el supuesto al que resulta menos recomendable acogerse, porque presupone una serie de actos preliminares y un previo pronunciamiento administrativo del Ministerio de Relaciones Laborales. B谩sicamente se requiere:

- Contrato de trabajo celebrado POR ESCRITO y POR TIEMPO INDEFINIDO.

- Inscripci贸n del antedicho contrato de trabajo en la Inspector铆a Provincial de Trabajo.

- Expedici贸n de la AUTORIZACI脫N LABORAL por parte de la Unidad de Trabajadores Migratorios dela Direcci贸n Nacional de Empleo y Reconversi贸n Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales. Se trata de un CERTIFICADO en el sentido de que NO EXISTEN en el Ecuador trabajadores ecuatorianos cualificados para ocupar el puesto de trabajo que se le ofrece al extranjero o bien que el trabajador extranjero desempe帽ar谩 funciones administrativas de confianza (esto 煤ltimo es una buena trampa para salvar este requisito, pues dependiendo del ramo de actividad, no siempre es cierto que no existan trabajadores ecuatorianos cualificados para desarrollar determinado tipo de trabajos).

- El empleador, a la vez, debe demostrar que cuenta en la plantilla de su empresa con el 80 % de personal ecuatoriano.

Una vez tramitado lo anterior y con el contrato de trabajo por tiempo indefinido debidamente inscrito en la Inspector铆a Provincial del Trabajo (tal como lo exige el C贸digo del Trabajo de Ecuador) y con la autorizaci贸n laboral de la Unidad de Trabajadores Migratorios de la Direcci贸n Nacional de Empleo y Reconversi贸n Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales (algo previsto tanto en el Reglamento a la Ley de Extranjer铆a, como en el C贸digo de Trabajo), ya se habr谩 concluido la fase preliminar de car谩cter administrativo-laboral y podr谩 iniciarse el procedimiento conducente a obtener la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-IV, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, acogi茅ndose a este supuesto de trabajador por cuenta ajena por tiempo indefinido.


Como aclaraci贸n, decir que este procedimiento, por requerir tr谩mites previos que solo pueden realizarse en el Ecuador, pues ah铆 radican los 贸rganos competentes, debe realizarse en el Ecuador y no en los Consulados. Y una vez obtenidos los documentos del Ministerio de Relaciones Laborales, debe solicitarse la visa en el Ministerio de Relaciones Exteriores, tambi茅n en el Ecuador. Es posible celebrar contrato de trabajo hall谩ndose en el Ecuador como turista y proceder al registro, pues existe una disposici贸n del Reglamento a la Ley de Extranjer铆a que establece que, cuando el otorgamiento de una visa dependa de un acto o contrato que deba otorgarse por escritura p煤blica o que deba ser inscrito en un Registro P煤blico (y el Registro de Contratos de Trabajo de la Inspector铆a de Trabajo es un Registro P煤blico), PRIMERAMENTE se celebrar谩 u otorgar谩 el acto o contrato o se practicar谩 la inscripci贸n en el Registro Y LUEGO, se tramitar谩 la visa.

Como puede observarse, dada la necesidad de tr谩mites previos, no resulta precisamente recomendable.

2.- Apoderados generales de sociedades de nacionalidad ecuatoriana o de sucursales de sociedades extranjeras ya existentes en el Ecuador o que se van a establecer en el Ecuador.- Esta v铆a es m谩s recomendable, porque no requiere de tr谩mites previos en el Ministerio de Relaciones Laborales, sino tan solo de:

- Levantamiento de un acta de Junta General de la sociedad en la que se resuelva el nombramiento como apoderado general, con representaci贸n legal judicial y extranjudicial, del extranjero. Para el procedimiento, basta una copia certificada del acta.

- Otorgamiento de la escritura p煤blica por la que se le confiera poder amplio y general, con car谩cter indefinido y con representaci贸n legal judicial y extrajudicial al extranjero (esto se puede llevar a cabo en cualquier notar铆a). El poder debe ser otorgado por el representante legal de la sociedad, haciendo menci贸n a lo resuelto por la Junta General y debe adjuntarse como documento habilitante la copia certificada del acta de la Junta General respectiva. Y debe, asimismo, comparecer al otorgamiento el extranjero, que debe manifestar en una cl谩usula su aceptaci贸n y conformidad con los t茅rminos del poder que se le confiere.

- Inscripci贸n del antedicho poder en el Registro Mercantil del cant贸n en el que tenga su domicilio la sociedad. Si todo est谩 correcto, estas inscripciones no demoran m谩s de una semana. Una vez inscrito el poder, debe llev谩rselo a la notar铆a en la que se otorg贸 la escritura, para que se siente raz贸n marginal en la matriz de la inscripci贸n y asimismo, debe remitirse copia a la Superintendencia de Compa帽铆as.

Lo anterior,que tambi茅n son tr谩mites preliminares, son m谩s r谩pidos y sencillos que cuando debe intervenir el Ministerio de Relaciones Laborales. Sin embargo, existe un requisito econ贸mico, introducido por las reformas llevadas a cabo en el a帽o 2005: la sociedad debe tener un capital social pagado de, al menos, 25 mil d贸lares de los Estados Unidos de Am茅rica (bien por haberse constituido con ese capital o bien por haberse efectuado aumento de capital hasta llegar a esa suma) o bien activos por, al menos, 100 mil d贸lares de los Estados Unidos de Am茅rica. N贸tese que es ALTERNATIVO, puede ser lo uno o lo otro (capital de 25 mil d贸lares o activos por 100 mil). Esta reforma se la introdujo, b谩sicamente, porque esta v铆a era un gran coladero para obtener con relativa facilidad visas de INMIGRANTE 9-IV, pues antes de 2005, no se exig铆a cuant铆a alguna m铆nima de capital o de activos y por tanto, cualquier sociedad pod铆a nombrar apoderado a cualquier extranjero y de esa manera facilitarle la obtenci贸n de la visa. Se daban muchas situaciones de fraude, pues como en Ecuador el capital social m铆nimo requerido para las sociedades an贸nimas es de 800 d贸lares y para las limitadas de 400 y en el medio es relativamente sencillo conseguir una sociedad ya constituida por una suma razonable (entre 250 y 300 d贸lares), la situaci贸n lleg贸 a niveles alarmantes y por eso se le puso l铆mite fijando en el Reglamento a la Ley de Extranjer铆a ya unas cuant铆as m铆nimas, que ser铆an las propias de una sociedad que, realmente, tuviera actividad empresarial y no una mera pantalla para facilitar la obtenci贸n de la visa.

Una vez que se tenga el poder inscrito en el Registro Mercantil y los documentos constitutivos de la sociedad, m谩s los aumentos de capital su fuere el caso o los estados financieros que acrediten los activos de los que dispone, si se acoge a esta posibilidad, puede solicitarse la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-IV. Respecto de la sociedad, se requerir谩 adem谩s el RUC (Registro 脷nico de Contribuyente); la 煤ltima declaraci贸n del impuesto a la renta presentada en el Servicio de Rentas Internas; el certificado de no tener obligaciones pendientes para con la Superintendencia de Compa帽铆as y el certificado de no tener obligaciones pendientes con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.


3.- Misioneros religiosos cat贸licos o de otros cultos permitidos en el Ecuador.- Para acogerse a este supuesto, el extranjero debe haber sido trasladado al Ecuador con car谩cter indefinido por parte de la di贸cesis o arquidi贸cesis de origen (clero secular) para incardinarse en una di贸cesis, arquidi贸cesis o vicariato apost贸lico ecuatoriano o del instituto de vida consagrada al que pertenezca (religiosos). En trat谩ndose de instituciones de la  Iglesia Cat贸lica, se rige por lo dispuesto en el Modus Vivendi de 1937 entre la Rep煤blica del Ecuador y la Santa Sede. Si es de otra confesi贸n religiosa permitida en la Rep煤blica del Ecuador, debe, adem谩s de constar con la certificaci贸n de traslado por tienpo indefinido al Ecuador, presentarse el certificado del Ministerio de Justicia respecto a la inscripci贸n en el correspondiente Registro de la referida entidad religiosa.

Con los correspondientes documentos antes mencionados, puede tramitarse la visa 9-IV en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

4.- Corresponsales de prensa extranjeros.- Se trata de corresponsales enviados al Ecuador por un medio de comunicaci贸n extranjero, con car谩cter indefinido o bien periodistas independientes que ejerzan corresponsal铆a de prensa para varios medios y que se establezca en el Ecuador con car谩cter indefinido. Requieren, previamente, haber obtenido la previa autorizaci贸n de la Secretar铆a Nacional de Comunicaci贸n (SECOM), adscrita a la Presidencia de la Rep煤blica. Una vez obtenida la mencionada autorizaci贸n, se puede solicitar la visa 9-IV en el Ministerio de Relaciones Exteriores.


B) NO INMIGRANTE, categor铆a 12-VI.- En esta calidad y categor铆a migratoria, se agrupan una serie de situaciones en las que el denominador com煤n es la prestaci贸n de servicios personales y l铆citos, remunerados, con car谩cter TEMPORAL. Puede tratarse de situaciones sujetas al Derecho del Trabajo (contrato de trabajo), como sujetas al Derecho Civil y al Derecho Mercantil.Las sociedades empleadoras o contratantes, deben tener un capital social pagado de, al menos, 12 500 d贸lares de los Estados Unidos de Am茅rica. Se las enumera a continuaci贸n:

1.- Trabajador extranjero por cuenta ajena vinculado mediante contrato de trabajo TEMPORAL.- En este supuesto, estamos ante un contrato de trabajo, es decir, sujeto al Derecho del Trabajo. Por ello, resultan de aplicaci贸n los mismos requerimientos que para el supuesto de la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-IV:

- El contrato debe celebrarse por escrito y debe ser temporal, debiendo adaptarse a las disposiciones del C贸digo de Trabajo.

- El contrato debe inscribirse en la Inspector铆a Provincial de Trabajo.

- El empleador debe obtener la AUTORIZACI脫N LABORAL de la Unidad de Trabajadores Migratorios de la Direcci贸n Nacional de Empleo y Reconversi贸n Profesional, del Ministerio de Relaciones Laborales. Rige lo ya dicho para la visa 9-IV.

- El empleador debe acreditar que cuenta con el 80% de personal ecuatoriano en su plantilla.

2.- Extranjero vinculado mediante contrato temporal de prestaci贸n de servicios.- Este supuesto se refiere, especialmente, a la contrataci贸n de profesionales para prestar un servicio concreto o ejecutar una obra espec铆fica, sin que medie relaci贸n laboral, pues se trata de una relaci贸n intr铆nsecamente civil, en la que no hay dependencia laboral. Esta v铆a se usa tambi茅n para contratar a profesionales extranjeros con la finalidad de que brinden entrenamiento industrial o capacitaci贸n al personal de empresas ecuatorianas. Se requerir谩, fundamentalmente lo siguiente:

- Contrato celebrado por escrito, en el que se debe especificar los servicios o la obra a ejecutarse y el plazo para hacerlo. Si se ha contratado a la persona con fines de entrenamiento industrial, debe incorporarse el respectivo convenio, en el que consten de manera pormenorizada el programa y contenido del entrenamiento.

- Reconocimiento ante notario o juez de lo civil de la firma y r煤brica estampadas en el instrumento en el que se documente el contrato.

- Certificaci贸n negativa de la Unidad de Trabajadores Migratorios de la Direcci贸n Nacional de Empleo y Reconversi贸n Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales, en el sentido de que el extranjero NO NECESITA autorizaci贸n laboral, al no tratarse de una relaci贸n de naturaleza laboral.

3.- Extranjero nombrado representante legal de sociedad ecuatoriana.- Por definici贸n, los representantes legales de las sociedades tienen car谩cter temporal. La Ley de Compa帽铆as fija el plazo m谩ximo de 5 a帽os, con posibilidad de reelecci贸n indefinida. Puede el contrato de sociedad, con todo, establecer un plazo inferior al m谩ximo fijado por la Ley.  Por ello, cuando un extranjero es nombrado representante legal, al ser dicho nombramiento de naturaleza temporal, la visa que le corresponder谩 siempre ser谩 la de NO INMIGRANTE (a menos que tenga otra calidad para solicitar otro tipo de visa). El nombramiento debe ser acordado por la Junta General de la sociedad; extendido en instrumento privado y aceptado por el extranjero e inscrito en el Registro Mercantil del cant贸n donde tenga su domicilio la sociedad. Debe luego notificarse a la Superintendencia de Compa帽铆as sobre el particular.  Y tambi茅n se requeri谩 la certificaci贸n negativa de la Unidad de Trabajadores Migratorios de la Direcci贸n Nacional de Empleo y Reconversi贸n Profesional del Ministerio de Relaciones Laborales, en el sentido de que el extranjero NO NECESITA autorizaci贸n laboral, al no tratarse de una relaci贸n de naturaleza laboral.

4.- Extranjero trasladado a la sucursal o filial en el Ecuador por la matriz de su empresa.- En este caso, es necesario que la empresa que traslada al extranjero al Ecuador presente la carta de traslado o que la filial ecuatoriana presente la carta de auspicio.

La visa de NO INMIGRANTE, categor铆a 12-VI, de acuerdo con el Reglamento a la Ley de Extranjer铆a, tendr谩 la vigencia de la actividad a desempe帽ar. Sin embargo, la pr谩ctica administrativa consolidada tiene establecido que este tipo se concede con una vigencia m谩xima de dos a帽os, renovables si se siguen cumpliendo las condiciones que motivaron su concesi贸n y siempre que se lo solicite oportunamente.



Los dos tipos de visas antes analizados son los laborales en sentido estricto, en tanto que tienen por fundamento jur铆dico para su concesi贸n un contrato de trabajo o un contrato civil para la prestaci贸n de un servicio profesional o para ejercer la representaci贸n legal de una sociedad.

Pero, es importante que quede clara una cosa: las visas de INMIGRANTE, TODAS, permiten trabajar, aun cuando tengan por fundamento jur铆dico una circunstancia diferente de la del contrato de trabajo o contrato civil de prestaci贸n de servicios profesionales o un mandato con representaci贸n. El art. 10 de la Ley de Extranjer铆a establece la llamada CL脕USULA GENERAL DE HABILITACI脫N LABORAL PARA LOS TITULARES DE VISAS DE INMIGRANTE. En virtud de ella, TODOS los extranjeros que sean titulares de visas de INMIGRANTE, de CUALQUIER CATEGOR脥A, est谩n habilitados para trabajar en cualquier actividad por cuenta ajena o cuenta propia EN EL SECTOR PRIVADO, sin que comporte ello modificaci贸n de categor铆a migratoria y sin que sea necesaria autorizaci贸n administrativa laboral especial. Se except煤an los puestos de trabajo que las leyes pudieran haber reservado exclusivamente para personas de nacionalidad ecuatoriana (por ejemplo, en el 谩mbito de la seguridad: para trabajar como vigilante de seguridad privado o como investigador privado, por expresa disposici贸n legal, se requiere tener nacionalidad ecuatoriana, por tanto, es una actividad laboral vedada a los extranjeros). Y otra excepci贸n la tenemos en el sector p煤blico, que se rige por su normativa especial, la Ley Org谩nica del Servicio P煤blico y su Reglamento de desarrollo, que siempre exigen que cuando se va a contratar a un extranjero para prestar servicios ocasionales, es necesario que se tramite una autorizaci贸n laboral espec铆fica en el Ministerio de Relaciones Laborales, lo cual debe hacer la Unidad de Talento Humano del 贸rgano o ente que pretenda contratar al extranjero.

Por ello, una persona que tiene t铆tulo universitario y solicita el reconocimiento de su t铆tulo en la SENESCYT y recibe respuesta afirmativa y en virtud de ello, solicita y le es concedida la visa de INMIGRANTE, categor铆a 9-V de profesional liberal, queda autom谩ticamente habilitada para trabajar en el sector privado y no necesita tramitar autorizaci贸n laboral alguna, ni su permanencia en el Ecuador, ni la vigencia de su visa estar谩n condicionadas a contrato de trabajo alguno. Lo propio suceder谩 con quien por ser c贸nyuge, conviviente de hecho o pariente de ecuatoriano, se beneficia de la visa de INMIGRANTE categor铆a 9-VI, de amparo familiar: podr谩 trabajar sin problemas, debiendo en todo caso tener presente las limitaciones ya apuntadas l铆neas arriba. Para mayor seguridad de quienes as铆 lo deseen, el Ministerio de Relaciones Laborales expide a petici贸n de los interesados, un certificado negativo de autorizaci贸n laboral, en el que simplemente se indica que el extranjero es titular de una visa de INMIGRANTE y que en virtud de ello, no necesita autorizaci贸n laboral para trabajar en el sector privado.


Por ello, actualmente, en la legislaci贸n vigente en Ecuador en materia de Extranjer铆a, no existen procedimientos que deban realizarse en el pa铆s primero y luego el extranjero deba volver a su pa铆s a tramitar visa en el Consulado del Ecuador: JAM脕S ha sido as铆 y no es as铆, pues el propio texto de la Ley de Extranjer铆a y de su Reglamento de desarrollo, est谩 redactado con una finalidad facilitadora y no entorpecedora del establecimiento de extranjeros en el Ecuador(un ejemplo clar铆simo de ello es la posibilidad prevista en la Ley y en el Reglamento de MODIFICAR la calidad y categor铆a migratoria hall谩ndose dentro de Ecuador). Fue una Ley aprobada en la d茅cada de los 70, que con ligeros retoques, sigue vigente hasta la actualidad y lo que buscaba en su momento era atraer tanto inversionistas extranjeros, como profesionales altamente cualificados, para que se establecieran y cooperaran en el desarrollo del pa铆s, en una 茅poca en la que se requer铆a con urgencia, sobre todo, personal con alta formaci贸n t茅cnica y cient铆fica (que por entonces, escaseaba en Ecuador), pues era la 茅poca en la que iba a comenzar la explotaci贸n petrolera en la Amazon铆a de Ecuador y la construcci贸n de la refiner铆a de Esmeraldas. La pol铆tica de Estado de Ecuador, al igual que la de los dem谩s pa铆ses latinoamericanos, siempre ha sido la de fomentar y facilitar la pronta integraci贸n de los extranjeros en sus sociedades, al tiempo que se ha fomentado y estimulado la naturalizaci贸n de los extranjeros como ecuatorianos.


Puede consultarse en el apartado VISAS PARA ECUADOR, los diferentes tipos de visa existentes en la normativa, de acuerdo con las diferentes calidades y categor铆as migratorias existentes.

Un cordial saludo.

ElvaHF

Buenos d铆as,

Personalmente no conozco de la oferta de trabajos aqu铆. Lo que s铆 se es que en el 谩mbito de la Educaci贸n, Ecuador est谩 haciendo muchos esfuerzos en captar doctores internacionales y el propio Gobierno hace un mes lanz贸 una oferta en concreto para doctores y docentes espa帽oles con altos sueldos y garantias. No se si ser谩 alguno de estos tu caso, pero puedes ver m谩s informaci贸n en la p谩gina del Gobierno y en noticias en Internet que te dirigir谩n al SENESCYT, organismo encargado de ello.
Si ese no es tu perfil, te dir铆a de buscar empresas, organismos u otros... que vayan acorde con tu perfil profesional y dado el caso de encontrar posibles, ponerte en contacto con ellas v铆a correo electr贸nico para presentarte, enviar tu CV, carta de presentaci贸n... y en caso de tener vacantes concertar una llamada por skype para profundizar m谩s.
En Ecuador valoran mucho el talento europeo y no tienen problema en dedicar tiempo a la captaci贸n de personal.

Esas son mis recomendaciones,

saludos!

SERGIO G.B.

Muchas gracias Elva
Saludos

reinhardtv

Hola Sergio y a todos en este foro, me sent铆 muy trite al leer que eras de alicante y estabas harto, vivi y trabaje en esa ciudad y sus alrededores(san juan alcoi, etc) y me fue super bien. Por cuestiones de la vida me devolv铆 a Venezuela y ahora estamos a puntos de irnos a Quito por 2 a帽os ya que a mi esposa le sali贸 una maestr铆a en Flacso ( facultad latinoamericana de ciencias sociales) y tambi茅n estamos viendo y aprendiendo de lo que se ve y escriben por internet. Lastima de verdad que las cosas se pusieron tan feas en Espa帽a, mucha suerte en tu nueva vida

SERGIO G.B.

reinhardtv escribi贸:

Hola Sergio y a todos en este foro, me sent铆 muy trite al leer que eras de alicante y estabas harto, vivi y trabaje en esa ciudad y sus alrededores(san juan alcoi, etc) y me fue super bien. Por cuestiones de la vida me devolv铆 a Venezuela y ahora estamos a puntos de irnos a Quito por 2 a帽os ya que a mi esposa le sali贸 una maestr铆a en Flacso ( facultad latinoamericana de ciencias sociales) y tambi茅n estamos viendo y aprendiendo de lo que se ve y escriben por internet. Lastima de verdad que las cosas se pusieron tan feas en Espa帽a, mucha suerte en tu nueva vida


Hola y gracias, te estar铆a eternamente agradecido si te enteras de alg煤n trabajo all铆, no me importa lo que sea, con que d茅 para vivir, sobra.
Gracias y suerte  amigos